sábado, 15 de junio de 2024

TAREA DE DERECHO CONSTITUCIONAL I. JUNIO 2024

109 comentarios:

  1. Tes principio de proporcionalidad es instrumento metodológico, por medio de este se resuelve la constitucionalidad de medidas que intervengan o restrinjan un derecho fundamental.
    Para que una medida sea aprobada, se debe tomar como estructura el principio de proporcionalidad. En nuestro país actualmente se percibe la ineficacia, y poca libertad democrática por parte del órgano legislativo y más bien es notoria la influencia política que el oficialismo impone en los distintos órganos del Estado.
    Argumentare en el caso de régimen de excepción, el cual surge tras un pico de homicidios en el que murieron 87 personas, tras este acto la medida del régimen de excepción era lo más idóneo y cumplen con el primer escaño del principio de proporcionalidad, ya que la constitución en Articulo 29, permite su implementación como medio jurídico extraordinario pero temporal para afrontar situaciones que ponen en riesgo la estabilidad del Estado por tanto tiene un fundamento objetivo.
    Dado la emergencia de alza de homicidios, siguiendo el segundo estaño de principio de proporcionalidad, no existía una medida más idónea por tanto era necesaria en ese momento, su aplicación. El último escaño es la proporcionalidad en sentido estricto, Enel cual se garantiza que esta medida del régimen de excepción proteja un derecho fundamental, el derecho a proteger es la vida de los ciudadanos y su seguridad.
    Claro esta que esta medida cumplió con el principio de proporcionalidad, pero en la actualidad ya existen otras medias , como el de dotar de recursos equipos de investigación a la PNC, ya que al solo prolongar este régimen los abusos de poder, violación de derechos fundamentales y derechos humanos siguen en aumento y causan daños irreparables como las muerte de al menos 132 personas bajo la custodia del Estado, quienes al momento de su fallecimiento no habían sido declarados culpables de ningún delito.

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  2. LIBERTAD DE EXPRESIÓN, LIBERTAD DE INFORMACIÓN Y EL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA.

    Si realmente nos encontramos en un Estado Democrático de Derecho, bajo mi criterio, puedo mencionar que existe una relación estrecha y conexa entre la libertad de expresión, informacion y el derecho de acceso a la información publica. La libertad de expresión es un derecho relativo, bajo el cual podemos emitir nuestra opinión, y expresar nuestras ideas sin interferencias o obstaculizacion por parte de los poderes públicos, claro, siempre bajo el criterio de no Dañar el honor y la moral de terceros en todo caso existiendo un límite para ejercer está libertad la cual no tiene por objeto informar, e aquí del porque considero que existe un relación con la libertad de información, tanto la libertad de expresión como la libertad de información son escenciales para garantizar una verdad objetiva, que verse sobre los poderes públicos o instituciones gubernamentales, aunado a esto la personas tiene ese derecho a ser informadados por parte de todo el andamiaje informático como lo son la prensa, noticieros, radio, entre otros medios de comunicación, información que sea objetiva y veraz, ¿por qué? Por qué basados en dicha información podemos emitir una opinión publica libre, y expresar nuestras ideas sobre hechos relevantes.

    El derecho a la información pública, es un derecho que se nos confiere a todos como ciudadanos de recibir información veraz de importancia pública derecho que debe ser regido por un principio de publicidad y transparencia, derecho que considero que es fundamental en un sistema democratico, dónde el Estado deberia de garantizar que todos los ciudadanos tengan acceso a la información del como nuestros representantes administran los fondos públicos, o ya sea el actuar de una entidad gubernamental, Este derecho considero que es crucial por qué promueve la transparencia que debería de tener un gobierno, por qué permitiría un paneo o monitoreo de las acciones de un gobierno o una fiscalización de los recursos públicos, también evitaría posibles actos de corrupción, que son la orden del día en nuestro país por parte de de los funcionarios públicos.

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  3. El derecho a la libertad de enseñanza: es un derecho fundamental que se reconoce en diversas constituciones y declaraciones internacionales de derechos humanos. En general, este derecho comprende dos aspectos principales:
    Libertad de los padres para elegir la educación de sus hijos: Los padres tienen el derecho de elegir la educación que consideren más adecuada para sus hijos, tanto en lo que respecta al contenido como a la forma de transmisión. Esto incluye la libertad de elegir entre escuelas públicas y privadas, así como la libertad de elegir una educación religiosa o moral de acuerdo con sus propias convicciones.
    Libertad de crear y dirigir centros educativos: Las personas y entidades tienen la libertad de crear y dirigir centros educativos, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la ley. Esto implica la libertad de establecer la propia pedagogía, el currículo y los valores que se transmitirán en el centro.
    El derecho a la libertad de enseñanza en El Salvador se ha desarrollado a través de diversas leyes y jurisprudencia. La Ley General de Educación, por ejemplo, establece que a educación es un proceso integral que debe desarrollarse en un ambiente de libertad y respeto a la dignidad humana . Además, la Corte Suprema de Justicia ha señalado en diversas sentencias que el derecho a la libertad de enseñanza es un derecho fundamental que debe ser protegido por el Estado el derecho a la libertad de enseñanza tiene una gran importancia en El Salvador, ya que permite a los padres y a las entidades educativas ofrecer una educación diversa y plural. Este derecho también es importante para garantizar la autonomía de las instituciones educativas y para promover la innovación en el ámbito educativo.

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  4. El Derecho Fundamental a la Vivienda

    El derecho a la vivienda en El Salvador es un aspecto crítico de los derechos fundamentales que ha cobrado relevancia en el marco de la justicia social y los derechos humanos. En el contexto salvadoreño, este derecho enfrenta desafíos significativos debido a la desigualdad socioeconómica, el crecimiento urbano descontrolado y las insuficiencias en políticas públicas efectivas.

    Definición y Fundamentación del Derecho
    El derecho a la vivienda se define como la facultad de toda persona a tener un lugar seguro, accesible y digno donde vivir. Este derecho no solo implica la disponibilidad de un espacio físico, sino también condiciones adecuadas que garanticen seguridad, salubridad y acceso a servicios básicos. En el marco de los derechos humanos, la vivienda adecuada es esencial para el desarrollo integral de los individuos y el bienestar de la comunidad.

    Situación en El Salvador
    En El Salvador, la situación de la vivienda refleja profundas disparidades. A pesar de los esfuerzos gubernamentales, muchas personas viven en condiciones precarias, en asentamientos informales sin acceso a servicios esenciales como agua potable, saneamiento y electricidad. Las políticas de vivienda, aunque presentes, a menudo no logran cubrir la demanda ni atender las necesidades de los sectores más vulnerables.

    Desafíos y Propuestas
    El desafío principal radica en la implementación de políticas integrales que aborden tanto la oferta de viviendas como la mejora de las condiciones existentes. Es vital fortalecer la cooperación entre el sector público y privado, promover la construcción de viviendas sociales y mejorar la infraestructura urbana. Además, es fundamental incorporar la participación ciudadana en el diseño y ejecución de estas políticas para asegurar que respondan a las necesidades reales de la población.

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  5. la Soberanía Alimentaria

    La soberanía alimentaria es un concepto esencial para el desarrollo sostenible y la justicia social en El Salvador. Este derecho implica que cada nación debe tener la capacidad de definir sus propias políticas agrícolas y alimentarias, asegurando que los alimentos sean accesibles, nutritivos y producidos de manera sostenible.

    Definición y Importancia
    La soberanía alimentaria se centra en el control de los recursos agrícolas y alimentarios por parte de los propios agricultores y comunidades locales. Va más allá de la simple seguridad alimentaria, que se limita a garantizar el acceso a los alimentos, y aboga por la autodeterminación y la justicia en el sistema alimentario. En El Salvador, un país con una rica tradición agrícola, la soberanía alimentaria es crucial para mantener la biodiversidad, proteger los medios de vida rurales y fortalecer la economía local.

    Desafíos en El Salvador
    El Salvador enfrenta varios desafíos en la consecución de la soberanía alimentaria. La dependencia de las importaciones de alimentos, la degradación de los suelos, el cambio climático y las políticas agrarias neoliberales han afectado negativamente la capacidad del país para ser autosuficiente en la producción de alimentos. Además, la concentración de tierras y los problemas de acceso a recursos por parte de los pequeños agricultores limitan la producción sostenible y equitativa.

    Estrategias y Propuestas
    Para avanzar hacia la soberanía alimentaria, es esencial implementar políticas que apoyen a los pequeños agricultores, fomenten prácticas agrícolas sostenibles y diversifiquen la producción agrícola. Promover la agricultura orgánica, mejorar el acceso a la tierra y los recursos hídricos, y fortalecer las cooperativas agrícolas son pasos clave. Asimismo, es fundamental la educación y concienciación sobre la importancia de consumir alimentos locales y sostenibles.

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  6. DERECHO A LA PROTECCIÓN DE LA MUJER TRABAJADORA EN ESTADO DE EMBARAZO

    La protección reforzada de este derecho es una garantía indispensable para la mujer trabajadora, ya que la protege ante las injusticias que debido a su condición puede ser usada en contra de ella por parte de los empleadores, teniendo esa protección como resultado La estabilidad laboral reforzada de la mujer embarazada, en donde la protege con inmunidad al despido mientras dura su tiempo de gestación y el periodo de descanso post parto, garantizando su permanencia laboral en donde se dará su protección, la cual se manifiesta en la remuneración en todo ese periodo, brindarle el acceso a los servicios de salud para la atención de su propia salud como la de su bebé por nacer. Este derecho es de gran beneficio para la mujer, ya que debido a su condición de embarazo está vulnerable y expuesta a injusticias en donde se evita que determinados factores que imposibiliten el buen rendimiento laboral no sean tomados como razón legal para despido, por ello el derecho tiene una protección reforzada y especial para que la mujer embarazada en todo su período de gestación y post parto pueda gozar de estabilidad económica y laboral, teniendo como fin la protección de su salud y la de su bebé, ya que involucra de igual manera el derecho a la vida del bebé recién nacido, garantizando la protección desde su nacimiento y que tanto el bebé como la mamá puedan gozar del cumplimiento de sus derechos.

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  7. Limitación de los Derechos Fundamentales.

    Los derechos fundamentales son una clase especial de derechos subjetivos, cuya diferencia específica radica en su carácter fundamental, siendo así se constituyen como un cúmulo de protecciones que se determinan en la Constitución y que el Estado debe respetar por su magnitud e importancia. Los derechos fundamentales se encuentra limitados por determinadas exigencias propias de la vida en sociedad. Ello no se contrapone a la convicción de entender que el Ser Humano ha de ser el centro de toda comunidad organizada, sino, muy por el contrario, se vincula con un reforzamiento de las garantías de una existencia plena, pacífica y respetuosa por los derechos y la dignidad humana.
    Ahora bien, los derechos están sujetos a limitaciones no significa restar a estas facultades del máximo valor y relevancia en el ordenamiento jurídico.

    En nuestro país, tal es caso del régimen de excepción a generado graves violaciones a los derechos humanos han sido el efecto más visible y preocupante del régimen de excepción debido a que día a día se normaliza  el irrespeto a las garantías constitucionales como el derecho a la defensa, el debido proceso, la libertad de locomoción y asociación, entre otros. Si bien esta afectación ha sido específica a ciertas víctimas, la magnitud de las medidas del régimen de excepción han afectado a la sociedad salvadoreña en su conjunto.  Es alarmante que se esté creando una cultura judicial del abuso del poder y normalizando del uso de la fuerza como método de órden social por parte de la Policía Nacional Civil, las Fuerzas Armadas y el poder judicial. 
    El régimen de excepción, cuya finalidad es reducir la violencia generada por las maras y pandillas, pero se ha utilizado para reprimir y acallar voces críticas a las acciones del gobierno. 

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  8. Derecho de los animales

    Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos existenciales , así como la vida digna , una vida libre de violencia , al respeto , protegerlos del maltrato propiciado por el hombre , por que así como vale la vida de una persona así mismo vale la de un animal , se les reconoce jurídicamente su condición de seres vivos , capaces de experimentar alegría , sufrimiento , dolor y reflejar emociones.

    En El Salvador los derechos de los animales están regulados por la ley de protección y bienestar animal , la cual fue aprobada en el año 2017 , esta ley establece normativas para garantizar el bienestar de los animales y prevenir el maltrato y en caso que si ya existe dicho maltrato regularlo o castigar por medio de multas para hacer concientizar a la población, la ley prohíbe explícitamente el maltrato , la crueldad y el abandono a los animales, así como la obligación de cuidado y protección por parte los propietarios o custodios de los animales.

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  9. Los derechos fundamentales como limite
    Los derechos fundamentales constituyen facultades para los titulares de estos derechos a exigir su respeto, protección, garantía, promoción y una serie de limites al poder público como con los particulares en ciertos casos, esta idea se desarrolla desde el ámbito al derecho de la libertad en el cual condiciona en cierta medida la actuación o forma de normar en el caso de los legisladores ordinarios y actuaciones del poder constituyente derivado en caso de las reformas constitucionales. En el caso de los legisladores ordinarios en su función de normar si tienen la posibilidad de limitar o suspender estos derechos fundamentales, pero no eliminarlos o que estas limitaciones y suspensiones sean permanentes lo que sería un acto arbitrario en ese sentido. Los legisladores ordinarios deben tomar precaución de no violar estos derechos ya que siendo parte del Estado el deber es hacer progresar estos mismos y no generarles una regresión.
    En el caso del poder constituyente derivado se sigue la línea que se puede cambiar el texto de un derecho fundamental más no su esencia o núcleo fundamental debido que lo dejaría sin identidad o vacío por lo cual debe de respetarse dicho limite y estar siempre en la búsqueda del mejoramiento de estos derechos fundamentes como responsabilidad del poder público.

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  10. DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA LIBERTAD

    El derecho a la libertad religiosa

    la libertad religiosa es mas que un precepto legal esta nos garantiza nuestra libertad como individuo en nuestro propio concepto de la vida y libre ejercicio, nos permite no solo creer en lo divino, sino también vivir nuestra fe en comunidad, compartiendo valores, así como también a los que han decidido no optar creer en una creencia religiosa en particular también ellos expresan una libertad como individuo y se les debe de respetar

    En un mundo donde las diferencias a menudo nos dividen, la libertad religiosa actúa como un puente que une corazones y mentes, fomentando la comprensión y el respeto mutuo entre personas de diferentes credos y aquellos que eligen vivir sin fe religiosa

    Es la garantía de que todos, sin importar nuestras creencias, tenemos el derecho innato de buscar y practicar aquello que da sentido a nuestras vidas, siempre en paz y sin temor a represalias

    Proteger este derecho es esencial para una sociedad inclusiva y justa, donde cada individuo pueda florecer en su identidad espiritual sin miedo a la discriminación o la persecución, así la libertad religiosa se convierte en un faro de esperanza y unidad, recordándonos que en nuestra diversidad encontramos la verdadera riqueza de la humanidad.

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    1. DERECHO AL TRÁNBAJO ALA MUJER EMBARAZADA:

      Este es un derecho muy esencial e importante y así como un derecho muy fundamental para la mujer en estado de embarazo.
      El artículo 42 de la Constitución de la República de El Salvador dispone una protección directa a los derechos laborales de las mujeres embarazadas, en cuanto a su estabilidad, preservando su salud en los períodos de gestación y de lactancia.
      El patrono está obligado a dar a la trabajadora embarazada, en concepto de descanso por maternidad, doce semanas de licencia, seis de las cuales se tomarán obligatoriamente después del parto; y además, a pagarle anticipadamente una prestación equivalente al setenta y cinco por ciento del salario básico durante dicha
      Artículo 41 . La mujer gestante contando con el apoyo de la Ley Federal del Trabajo, y su derecho a no ser discriminada en razón de su embarazo, dederá manifestar su condición a efecto de no ser expuesta a situaciones que pongan en riesgo su salud o la de su hijo.
      Tanto la Constitución como el Código del Trabajo proporcionan una licencia de maternidad totalmente pagada antes y después del parto. La licencia de maternidad de 16 semanas se concede a las trabajadoras embarazadas, incluyendo 10 semanas después del parto, siempre que la trabajadora presente un certificado médico especificando su embarazo y la fecha probable del parto. Si el parto ocurre después de la fecha prevista, el permiso de maternidad se extiende a la fecha exacta del parto y la cantidad de beneficios para la licencia obligatoria después del parto sigue siendo la misma. La licencia de maternidad, antes de 12 semanas, se ha elevado a 16 semanas en el año 2015 a través de un decreto. El permiso de maternidad para los empleados de servicio público es también 16 semanas.
      En el caso de enfermedad, que, de acuerdo con un certificado médico, se haya producido como consecuencia del embarazo, la trabajadora tiene derecho a una licencia prenatal suplementaria, cuya duración se determinará reglamentariamente. Si, una vez transcurrido el período de licencia de maternidad, la trabajadora presenta un certificado médico que indique que no es capaz de volver a trabajar, se le concederá el permiso necesario para su recuperación, período durante el cual el empleador no podrá despedirla
      Se le proporcionan las prestaciones pecuniarias de maternidad a una trabajadora después de seis meses de empleo con el mismo empleador y 12 semanas de contribución pagada antes de la fecha prevista para el parto. El empleador está obligado a pagarle por adelantado el 75% del salario básico a la trabajadora embarazada durante toda la duración de la licencia por maternidad. Si el empleador contribuye al Sistema de Seguridad Social, el pago de dicha licencia correrá por parte del Gobierno.
      Es así como este derecho fundamental a venido en contradicciones pero al igual no deja de ser muy importante y esencial para la mujer en estado de embarazo.

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  11. El derecho fundamental a la vivienda

    Ha sido reconocido internacionalmente como parte integral de los derechos humanos desde la adopción del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1966. Este derecho establece que todas las personas tienen derecho a un nivel de vida adecuado, incluyendo la vivienda adecuada. La vivienda no solo proporciona un techo sobre la cabeza, sino que también es crucial para la seguridad, la dignidad y el bienestar físico y emocional de las personas y las familias.

    En el contexto global de principios del siglo XXI, la implementación efectiva de este derecho ha sido un desafío persistente. Factores como el crecimiento urbano descontrolado, la especulación inmobiliaria, la falta de políticas efectivas de vivienda y la discriminación han contribuido a la crisis habitacional en muchas partes del mundo. La falta de acceso a una vivienda adecuada afecta desproporcionadamente a los grupos vulnerables, como las personas sin hogar, los migrantes, las comunidades indígenas y las mujeres.

    Los Estados tienen la responsabilidad primordial de garantizar este derecho a través de políticas y medidas adecuadas, que incluyen la planificación urbana sostenible, la regulación del mercado inmobiliario, la provisión de vivienda social y la protección contra desalojos forzosos. Además, la cooperación internacional y la participación de la sociedad civil son fundamentales para abordar esta compleja problemática y avanzar hacia una realización efectiva del derecho a la vivienda para todos.

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  12. El Derecho al Matrimonio Homosexual:

    El derecho al matrimonio homosexual representa una evolución significativa en la concepción de los derechos fundamentales, particularmente en el ámbito de la igualdad y la no discriminación. En muchos sistemas constitucionales, este derecho ha sido reconocido como una extensión necesaria del principio de igualdad ante la ley. La jurisprudencia de la Sala de lo Constitucional, en diversas jurisdicciones, ha jugado un papel crucial en este reconocimiento.

    El principio de igualdad, consagrado en numerosas constituciones, implica que todas las personas deben ser tratadas de manera igualitaria por la ley, sin distinción alguna. La negación del derecho al matrimonio para parejas del mismo sexo constituye una discriminación basada en la orientación sexual, lo cual es incompatible con este principio. La jurisprudencia ha reforzado esta interpretación, afirmando que la prohibición del matrimonio homosexual es una violación directa de los derechos fundamentales de igualdad y dignidad.

    Además, la seguridad jurídica, otro pilar del derecho constitucional, se ve fortalecida al reconocer el matrimonio homosexual. Garantiza que todas las personas, independientemente de su orientación sexual, tengan acceso a los mismos derechos y protecciones legales. Este reconocimiento no solo promueve la inclusión y la justicia social, sino que también consolida el estado de derecho, asegurando que las leyes reflejen y protejan la diversidad de la sociedad.

    En conclusión, el derecho al matrimonio homosexual es una manifestación esencial de los principios de igualdad y seguridad jurídica, respaldado por la jurisprudencia constitucional que busca eliminar la discriminación y promover una sociedad más equitativa y justa.

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    1. LA SEGURIDAD JURIDICA
      La seguridad jurídica es un principio del derecho, es uno de los valores fundamentales sobre los que se articulan los ordenamientos jurídicos del Estado de Derecho, tanto en el ámbito de su publicidad como en su aplicación, y que significa la firmeza de que se conoce, o puede conocerse lo previsto como prohibido, ordenado o permitido por el poder público. La seguridad jurídica es el derecho de toda persona a que se le otorguen protección y medidas procesales, para prevenir cualquier acto que le genere perjuicios o daños.

      El Estado, como máximo exponente del poder publico y primer regulador de las relaciones en la sociedad, no solo establece (o debe establecer) las disposiciones legales a seguir, sino que en un sentido más amplio tiene la obligación de crear un ámbito general de “seguridad jurídica” al ejercer el poder político, jurídico y legislativo.

      La seguridad jurídica es, en el fondo, la garantía dada al individuo por el Estado de que su persona, sus bienes y sus derechos no serán violentados o que, si esto último llegara a producirse, le serán asegurados por la sociedad, la protección y reparación de aquellos. En resumen, la seguridad jurídica es la «certeza del derecho» que tiene el individuo de modo que su situación jurídica no será modificada más que por procedimientos regulares y autoridades competentes, y por conductos legales, previa y debidamente publicados. Este derecho de Seguridad Jurídica está amparado en nuestra constitución en los siguientes artículos 15,16,17,246 para garantizar la seguridad de los individuos en la sociedad.

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  13. DERECHO A LA LIBERTAD.
    Cómo está establecido en nuestra constitución en el art 2 nos señala el derecho a la libertad, es un derecho muy importante ya que nos permite hacer todo lo que nosotros queramos pero que las leyes no lo prohíben y que no perjudique a nadie.
    El derecho a la libertad permite que todos podamos dar nuestra opinión a expresarnos a que cada uno tenga la libertad de elegir su forma de vivir.

    En El Salvador este principio está quedando a bajo por el motivo que a la población no se le está cumpliendo este principio a la libertad que tienen en expresa su opinión y uno de los caso es conforme a lo que era el tema de la reelección incluido el de los cambio que están haciendo en la constitución ya que no todos estaban de acuerdo con esto pero en si el gobierno solo busca su beneficio lo que el pueblo piensa no se está siendo tomado en cuenta y eso genera conflicto por que la población sabe que ese derecho fundamental no está siendo respetado.

    El derecho a la libertad permite también poder reunirnos o asociarnos el otro caso que se ve en nuestro país es conforme al régimen con el punto que ahora los encarcelado no pueden ser visitados por su familia lo que el gobierno ordenó los familiares solo pueden dejar los paquetes de alimentos o cuidado personal pero no pueden socializar en sí con el régimen de excepción ellos se les ha violentado muchos derechos fundamentales. Con lo que está pasando en nuestro país se puede ver como al pueblo no se le está respetando el derecho de la libertad.

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  14. DERECHO FUNDAMENTAL A LA VIVIENDA.
    Nuestra Constitución reconoce en su carta magna como derecho fundamental la vivienda que es uno de los derechos que deberíamos de tener todos las persona. El derecho a la vivienda digna implica que los ciudadanos de todos los perfiles económicos y socioculturales tengan la posibilidad de acceder a una vivienda de calidad, bien ubicada, con servicios básicos, con seguridad en su tenencia y que como asentamiento, atienda estándares éticos de calidad. Todos las personas naturales tenemos derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. Es deber del Estado proteger la vivienda, ya que es una de los recursos que tenemos todos lo seres. Ya que en nuestro País no se reconoce el derecho humano a un vivienda como debería de ser. El artículo 101 de la Constitución de la República de El Salvador expresa que “El orden económico debe responder esencialmente a principios de justicia social, que tiendan a asegurar a todos los habitantes del país una existencia digna del ser humano. El derecho a nuestra propia vivienda nos permite disfrutar de una vivienda digna y decorosa, donde podamos, vivir en paz con salud física y mental, y conformado con un núcleo familiar .

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  15. EL DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE SANO

    en relación con la política ambiental.

    “Toda persona tiene derecho a vivir en un medio ambiente sano y a contar con servicios públicos básicos.”
    El derecho que tiene la persona es de gozar de un medio ambiente sano bajo un rango constitucional ha si lo ha reconocido la sala de lo constitucional cuando hace referencia a reconocer un derecho que no está de modo expresó en la constitución si no que está de modo explícito la sala hace referencia a quien es el sujeto de derecho y quien es el sujeto de obligaciones así mismo hace referencia en que consiste ese derecho es decir dotar de contenidos materiales al derecho fundamental del medio ambiente sano en este caso el derecho al medio ambiente consiste en la
    obligación que tiene el Estado de preservar el medio ambiente en ese caso por eso los titulares pueden exigir al estado medidas suficientes de protección al tema de medio ambiente la parte material tiene que ver con los sujetos o titulares los titulares tiene la facultad de exigir un medio ambiente sano la sala en este caso hace un interpretación del artículo 117 de la constitución de la República relacionado con el derecho a la vida entre otros para reconocer un derecho.

    Este derecho reconoce que toda persona tiene derecho a el disfrute de la biodiversidad de un medio ambiente sano que garantice la libertad de esparcimiento el sano desarrollo de la sociedad la utilización de recursos naturales para una vida digna estos recursos naturales son de vital importancia para la sociedad es una fuente que no se puede limitar ni mucho menos extinguir , sin embargo debido a las políticas públicas implementadas este derecho se ve vulnerado ya que para ciertas obras la biodiversidad se ve afectada muchas veces en su totalidad despejando así mismo el disfrute de ciertas áreas verdes que son eliminadas para la implementación de obras que en cierta parte el desarrollo va más allá de una publicidad y no en función de conservar los recursos naturales así mismo la sala de lo constitucional señaló que es deber del Estado proteger a las personas en su conservación y defensa. Este derecho se refiere a la obligación de preservar el medio ambiente, por lo que sus titulares pueden exigir del Estado medidas suficientes de protección ante esto es importante destacar que ante las políticas públicas el Estado debe tomar asunto en no eliminar ciertos recursos naturales más bien hacer uso de ellos en su obras no eliminado el medio ambiente que es el que genera verdadera riqueza en comparación con diferentes obras que únicamente toman poder en desarrollo económico; por esto la importancia de conservar la biodiversidad y el medio ambiente que nos proporciona los elementos indispensables para el desarrollo esto le corresponde a las diferentes instituciones Como lo es El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales de El Salvador así también es obligación del El Gobierno implementar políticas públicas que impulsen el cuido y conservación del medio ambiente, que contribuyan a contrarrestar los efectos del cambio climático y a crear un desarrollo sostenible a nivel social, económico y ambiental.

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  16. DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESION
    El derecho a la libertad de expresión tiene su importancia, una de las importancias es que este derecho es fundamental para el funcionamiento de una democracia, aparentemente este derecho tendría como objetivo que el ciudadano pueda participar en la vida política y social, cuestionar las decisiones del Estado y también exigir la rendición de cuentas de como se lleva cada proceso aunque eso por supuesto en nuestro país no se da ya que en algunos casos no quieren dar la información que se les solicita, sin embargo esto no produce que este derecho desaparezca siempre sigue siendo un derecho que el ciudadano tiene.
    Con la libertad de expresión lo que se pretende es que haya una crítica por parte de los ciudadanos hacia el gobierno del país, es por ello que es importante defender y promover este derecho superando los desafíos, por lo cual en nuestro país para fortalecer este derecho se debería reforzar algunas leyes de acceso a la información pública, que como ciudadanos salvadoreños podemos saber algunos puntos de administración del país y también se debería asegurar su implementación efectiva para ello debería de crearse mecanismos para que los ciudadanos puedan solicitar y obtener información.

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  17. El matrimonio homosexual es un tema de considerable debate jurídico y social. Desde un punto de vista legal, el matrimonio es una institución civil que otorga a las parejas una serie de derechos y responsabilidades. Estos incluyen derechos de herencia, beneficios, y decisiones médicas conjuntas. La negación de estos derechos a parejas del mismo sexo constituye una discriminación basada en la orientación sexual, lo cual es incompatible con los principios de igualdad y no discriminación consagrados en muchos sistemas jurídicos.

    El argumento jurídico a favor del matrimonio homosexual se basa en la interpretación de los derechos humanos fundamentales. La Declaración Universal de los Derechos Humanos y otros tratados internacionales de derechos humanos, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el derecho a la igualdad ante la ley y la protección contra la discriminación. Además, varios tribunales constitucionales y organismos internacionales han reconocido que la exclusión de las parejas del mismo sexo del matrimonio es una violación de estos derechos.

    La legalización del matrimonio homosexual también se justifica desde la perspectiva del principio de dignidad humana. Negar a las parejas homosexuales el derecho a casarse y formar una familia por su orientación sexual y perpetúa un trato desigual. Es decir el reconocimiento del matrimonio homosexual es un paso esencial hacia la igualdad plena y el respeto de los derechos humanos para todas las personas, independientemente de su orientación sexual.

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  18. Seguridad Jurídica
    Si bien es cierto es un principio básico del derecho que se fundamenta en la certeza y estabilidad del mismo. Para que esto sea posible, las leyes deben ser claras, predecibles y aplicadas de manera consistente.

    La Constitución define los derechos y garantías fundamentales de los ciudadanos, así como los límites y procedimientos que deben seguir las autoridades. Esto asegura que las leyes sean justas y que los ciudadanos estén protegidos contra posibles abusos de poder.

    En la legislación y la jurisprudencia de nuestro país, la Constitución puede establecer que solo los asuntos legales más importantes sean regulados por una ley y no por otras fuentes del derecho o personas distintas del poder legislativo. Además, se garantiza que las acciones de las autoridades respeten los derechos fundamentales, lo que se conoce como el principio de mera legalidad.

    Desde mi punto de vista para fortalecer la seguridad jurídica es crucial promover la estabilidad normativa, asegurar la independencia y eficiencia del sistema judicial, garantizar una aplicación justa y consistente de la ley y proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos. Mediante estas acciones se puede mejorar la confianza en el sistema legal y por ende, la seguridad jurídica en el país.

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  19. Derecho a la igualdad ante la ley.
    Artículo 3 de la Constitución
    Este derecho garantiza que todas las personas sean tratadas de manera justa y equitativa, sin discriminación por motivos de raza, género, religión u origen social.

    La Constitución salvadoreña establece que todas las personas son iguales ante la ley y gozan de los mismos derechos y libertades.

    Este principio es esencial para asegurar la justicia y la equidad en la sociedad, promoviendo la inclusión y la diversidad. Además, el derecho a la igualdad ante la ley contribuye a la construcción de una sociedad más justa y democrática, donde todos los ciudadanos puedan participar activamente en la vida política, social y económica del país.

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  20. Soberanía alimentaria:
    La soberanía alimentaria es, para mí, un derecho esencial que va más allá de simplemente tener comida suficiente. Se trata del poder de las comunidades para decidir cómo producir, distribuir y consumir sus alimentos, respetando sus tradiciones y necesidades. Este concepto es especialmente importante porque promueve la justicia social y la sostenibilidad, elementos clave en el bienestar de cualquier sociedad.

    En el marco del derecho constitucional, la soberanía alimentaria puede interpretarse como un derecho humano fundamental que se conecta con otros derechos esenciales, como el derecho a la vida, la salud y la autodeterminación. Además, la jurisprudencia en torno a la soberanía alimentaria defiende el derecho de los pueblos a mantener sus propios sistemas de producción y consumo de alimentos. Esto no solo fortalece la identidad cultural, sino que también promueve la sostenibilidad ambiental al fomentar prácticas agrícolas tradicionales y respetuosas con el medio ambiente.

    La soberanía alimentaria es un derecho que interrelaciona la justicia social, la sostenibilidad y la identidad cultural, y su reconocimiento en el ámbito constitucional es un paso crucial hacia un mundo más justo y equitativo.

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  21. EL MATRIMONIO HOMOSEXUAL
    El matrimonio homosexual es un teme que ha generado un intenso debate.
    En perspectiva a favor sobre el matrimonio homosexual se argumenta que todas las personas deben tener el mismo derecho a casarse, a tener una familia donde se les permita que dos personas del mismo sexo puedan adoptar, algunos lo consideran que negar estos derechos seria discriminatorio. Por otro lado, algunas personas consideran que el matrimonio homosexual no se debe permitir por que no es lo que constituye un matrimonio de naturaleza y religiosa.
    Impacto social y cultural: El matrimonio homosexual ha generado cambios significativos en la sociedad y la cultura. Algunos defensores argumentan que el reconocimiento legal del matrimonio igualitario refleja una evolución de los valores sociales y promueve la igualdad y la no discriminación. Sin embargo, existen opiniones en contra que consideran que el matrimonio homosexual va en contra de las tradiciones y valores culturales arraigados en algunas sociedades. Estas opiniones pueden reflejar la resistencia al cambio y a la aceptación de nuevas formas de familia. Es un tema complejo y controvertido que ha generado diferentes opiniones y debates en todo el mundo. Mientras que algunos países han legalizado el matrimonio entre personas del mismo sexo y argumentan que esto promueve la igualdad y la no discriminación, otros se oponen a esta idea por razones culturales, religiosas o de preservación de la institución del matrimonio.

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  22. El derecho de los animales
    El Derecho de los animales como un derecho fundamental en El Salvador sería un avance significativo para proteger a estos seres sintientes. Si bien el país cuenta con algunas leyes enfocadas en el bienestar animal, aún existen prácticas crueles y falta de conciencia sobre la importancia de este tema.

    Un derecho fundamental de los animales podría establecer estándares mínimos de trato, prohibiendo actos de crueldad, maltrato y explotación excesiva. Esto ayudaría a regular industrias como la ganadería intensiva, los espectáculos con animales y la experimentación, asegurando condiciones dignas.

    Además, este derecho promovería una mayor educación y concientización en la sociedad salvadoreña sobre la necesidad de respetar a los animales y considerar sus intereses. Sería un paso importante hacia una cultura más compasiva y ética.

    Sin embargo, su implementación efectiva requeriría superar desafíos como la falta de recursos, la deficiente aplicación de las leyes actuales y los intereses económicos involucrados. A pesar de las complejidades, el reconocimiento de este derecho fundamental en El Salvador demostraría un compromiso con la protección de ellos.

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  23. El derecho fundamental a la vida y la integridad física

    El derecho fundamental a la vida y la integridad física es uno de los pilares esenciales de los derechos humanos. Este derecho, reconocido internacionalmente, establece que toda persona tiene la prerrogativa inalienable de vivir y de ser protegida contra cualquier amenaza que ponga en riesgo su existencia y bienestar físico. El respeto y protección de la vida son responsabilidades primordiales del Estado, que debe garantizar que ninguna persona sea privada arbitrariamente de su vida.

    La integridad física, por su parte, implica que nadie debe ser sometido a torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes. Este principio asegura que las personas vivan sin temor a abusos físicos, manteniendo su dignidad y salud intactas. La protección de la integridad física también abarca la prohibición de la violencia doméstica, el abuso infantil y cualquier forma de explotación o agresión física.

    Ambos derechos están interrelacionados y son fundamentales para el desarrollo pleno y seguro de los individuos dentro de una sociedad. Sin el respeto por la vida y la integridad física, otros derechos humanos se ven comprometidos, ya que son la base sobre la cual se construyen el bienestar y la dignidad humana. Su protección y promoción son esenciales para una convivencia justa y pacífica.

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  24. La seguridad jurídica como valor constitucional

    La seguridad jurídica es una garantía para que se apliquen las normas como es debido, es la certeza que el ordenamiento jurídico ofrece a los ciudadanos para que se cumplan los derechos fundamentales y pues para tener una seguridad jurídica se necesita que haya una debida aplicación de las normas, que todos nos sometamos a la Constitución, que se cumplan los derechos fundamentales, que no se vulneren los derechos humanos y en nuestro país no estamos en un estado constitucional de derecho… Pero en la sentencia de Inc. 78-2006 la Sala de lo Constitucional estableció que la seguridad jurídica, en cuanto definidora de un status de certeza para el individuo en sus relaciones con el poder público, se manifiesta en los más diversos campos y respecto de todos los órganos del Estado, lo que resulta una consecuencia lógica y necesaria de su carácter de valor estructurador del ordenamiento jurídico. La seguridad jurídica es la certeza que al relacionarme con estos órganos de poder estos no van a violentar los derechos fundamentales que como persona tengo.
    La seguridad jurídica puede presentarse en dos manifestaciones:
    La seguridad jurídica es un valor estrechamente ligado a los Estado de Derecho que se concreta en exigencias objetivas de: corrección estructural (formulación adecuada de las normas del ordenamiento jurídico) y corrección funcional (cumplimiento del Derecho por sus destinatarios y especialmente por los órganos encargados de su aplicación). Junto a esa dimensión objetiva la seguridad jurídica se presenta, en su acepción subjetiva encarnada por la certeza del Derecho, como la proyección en las situaciones personales de las garantías estructurales y funcionales de la seguridad objetiva.
    la primera, como una exigencia objetiva de regularidad estructural y funcional del sistema jurídico a través de sus normas e instituciones.
    en la segunda, en su faceta subjetiva, como certeza del derecho, es decir, como proyección, cada uno de los destinatarios de las normas penales debe saber cómo va a organizar las actuaciones futuras en las situaciones personales y programar las expectativas que tiene respecto de la actuación futura.
    La seguridad jurídica como valor y el contenido de la seguridad jurídica implica que los derechos de los individuos y las actuaciones jurídico publico constituyen que como indivuo tengo reglas claras de cómo debe ser mi comportamiento los poderes poderes públicos deben tener reglas claras de cuáles son las reglas procedimentales en este caso para decretar una medida de prevención o reglas claras de cuándo vamos a tomar una medida sustitutiva a las medidas provisionales entonces esa es la certeza que yo tengo frente a la actuación de lo jurídico publico entonces la seguridad jurídica sería un valor fundamental.
    En la sentencia de Amp. 62-97 la Sala de lo Constitucional estableció que: La seguridad jurídica constituye un derecho fundamental, que tiene toda persona frente al Estado y un deber primordial que tiene el mismo Estado hacia el gobernado; el estado tiene derecho que esos derechos sean tutelados y respetados a la persona.
    Esto significa que todo derecho fundamental lo va a tener toda persona frente al estado y el estado tiene el derecho de garantizar esos derechos al gobernado.
    La seguridad jurídica debe entenderse como la certeza que el individuo posee de que su situación jurídica no será modificada más que por procedimientos regulares y autoridades competentes, ambos establecidos previamente.


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  25. Derechos Civiles y Políticos.
    Un pilar fundamental para la democracia y la construcción de una sociedad justa y equitativa. Si bien la Constitución y los tratados internacionales los amparan, su ejercicio sigue siendo un desafío.

    Principales derechos civiles y políticos
    Derecho a la vida: El caso de la masacre de El Mozote, donde miles de civiles fueron asesinados por la fuerza armada en 1981, sigue siendo una herida abierta en la memoria colectiva salvadoreña. La lucha por la justicia y la reparación de las víctimas continúa siendo una demanda sentida por la sociedad civil.
    Derecho a la libertad: Las detenciones arbitrarias y la violencia social siguen siendo problemas preocupantes en El Salvador.
    Derecho a la integridad física y psíquica: La tortura y los malos tratos por parte de las fuerzas de seguridad siguen siendo prácticas denunciadas por organizaciones de derechos humanos. La falta de investigaciones y sanciones por estos delitos genera un clima de impunidad que perpetúa las violaciones a los derechos humanos.
    Derecho a la igualdad ante la Ley: La discriminación por motivos de género, raza, orientación sexual o identidad de género sigue siendo una realidad para muchos grupos en El Salvador. La lucha por la igualdad y la inclusión plena de todos los sectores de la sociedad es un desafío permanente.
    Derecho a la libertad de expresión: Los periodistas y defensores de derechos humanos son a menudo objeto de amenazas, intimidaciones e incluso ataques físicos por su labor de informar y defender los derechos de los demás. La creación de un ambiente seguro y propicio para la libre expresión es fundamental para el desarrollo de una sociedad democrática.

    Es fundamental que las autoridades gubernamentales asuman un compromiso firme con la defensa y promoción de los derechos humanos. Esto implica adoptar políticas públicas que garanticen el ejercicio efectivo de estos derechos, investigar y sancionar las violaciones y fortalecer las instituciones responsables de su protección.

    La ciudadanía juega un papel fundamental en la exigencia del respeto a los derechos humanos. Es importante que las personas conozcan sus derechos, denuncien las violaciones y participen activamente en la vida pública para construir una sociedad más justa y equitativa.

    Solo mediante el trabajo conjunto y la lucha constante por la justicia y la igualdad será posible construir un país donde todos los derechos sean plenamente respetados.

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  26. El Derecho de los Animales

    La relación entre los seres humanos y los animales ha sido compleja y multifacética a lo largo de la historia. Desde la domesticación de animales para la agricultura hasta la utilización de animales en la investigación científica, los humanos han dependido de los animales de diversas maneras. Sin embargo, el reconocimiento de los derechos de los animales es un concepto relativamente moderno

    Evolución del Derecho de los Animales
    A medida que la conciencia sobre el bienestar animal ha crecido, también lo ha hecho la legislación. En muchos países, las leyes han comenzado a reflejar la idea de que los animales no son meros objetos sino seres sintientes con derechos a ser protegidos del sufrimiento y la explotación innecesaria

    Argumentos Éticos y Legales
    El argumento ético para el derecho de los animales se basa en la capacidad de los animales para experimentar dolor y placer. Si aceptamos que es moralmente incorrecto infligir sufrimiento innecesario a los humanos, la lógica nos lleva a extender esta consideración a los animales. Este principio de "igualdad de consideración" sugiere que, al igual que los humanos, los animales tienen un interés en no sufrir y, por lo tanto, merecen protección legal contra el maltrato y la explotación.

    Legalmente, el desafío ha sido traducir estos principios éticos en políticas concretas. Las leyes de bienestar animal varían considerablemente entre diferentes jurisdicciones, pero hay un movimiento creciente hacia el reconocimiento de los derechos fundamentales de los animales. Estos derechos incluyen la protección contra la crueldad, el acceso a condiciones de vida adecuadas, y la prohibición de prácticas inhumanas como las pruebas cosméticas en animales

    Conclusión
    El reconocimiento y la protección de los derechos de los animales no es solo una cuestión de compasión, sino también de justicia. A medida que avanzamos hacia una sociedad más consciente y ética, es crucial que extendamos nuestra consideración moral a todos los seres sintientes. Proteger los derechos de los animales es un reflejo de nuestra humanidad y un paso necesario hacia un mundo más justo y compasivo

    Para avanzar en la protección de los derechos de los animales, es esencial adoptar un enfoque multifacético que incluya la educación, la legislación y el cambio de comportamiento social

    Educación: Crear conciencia sobre el sufrimiento de los animales y los beneficios de tratarlos con respeto es fundamental
    Legislación: Es necesario fortalecer y expandir las leyes de protección animal
    Cambio de Comportamiento Social:
    El rechazo de productos que involucren crueldad animal pueden contribuir significativamente a la reducción del sufrimiento animal



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  27. El derecho de acceder a la información ambiental.

    El derecho de acceder a la información ambiental es fundamental para una sociedad sostenible.
    Permite a los ciudadanos recibir información sobre el estado del medio ambiente y sus posibles impactos, garantizando transparencia y rendición de cuentas de gobiernos y empresas.
    Las autoridades deben obligatoriamente recopilar y difundir datos actualizados sobre el medio ambiente y los recursos naturales, fomentando la participación pública en la toma de decisiones ambientales y fortaleciendo la gobernanza ambiental.
    Este acceso no solo protege el medio ambiente, sino también otros derechos humanos fundamentales, como el derecho a un ambiente saludable y a la salud informada.
    Muchos países han incorporado estos principios en sus leyes nacionales, como la Ley de Acceso a la Información Pública de México y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Ambiental Pública de Argentina.
    A pesar de estos avances, persisten desafíos significativos como la falta de capacidad institucional y la resistencia a compartir información, obstáculos que deben superarse para abordar problemas ambientales complejos como el cambio climático y la pérdida de biodiversidad. Garantizar este derecho es fundamental para construir una sociedad más justa y sostenible a nivel global.

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  28. EL DERECHO A LA SALUD REPRODUCTIVA.
    Según la Sala de lo constitucional afirmo que los Derechos a la salud reproductiva son aquellos Derechos fundamentales que tiene que ver o derivan de la decisión que cada persona tiene a la hora de decidir o elegir de manera libre si desea tener hijos, cuantos va a tener, a qué edad, en qué condiciones, con quien los va a tener, y si quieren formar una familia, etc. También dentro de la salud reproductiva podemos decir que es una manifestación del derecho a la salud, y el Estado tiene toda la obligación de garantizarle que se lleve a cabo en condiciones favorables, ópticas y dignas. Dicha atención tiene por objeto el deber de proporcionarle a la población o a todas las personas la orientación debida sobre los métodos de planificación familiar y brindar charlas sobre cómo evitar embarazos a temprana edad y de la importancia del uso de los anticonceptivos, de la misma forma brindarle atención médica adecuada durante el embarazo, el parto y el período posterior a este proceso.
    La salud reproductiva son elementos integrales del derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. En consecuencia, la salud reproductiva entraña la capacidad de disfrutar de una vida sexual satisfactoria y sin riesgo y de procrear, y la libertad de decidir hacerlo o no hacerlo hasta cuándo y con qué frecuencia.

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  29. EL DERECHO A LA SALUD

    Como bien se sabe el derecho a la salud no se limita únicamente al acceso a servicios médicos. Incluye también el acceso a condiciones adecuadas de vida que permitan a las personas alcanzar el más alto nivel de bienestar físico y mental. Esto abarca aspectos como el acceso a agua potable, saneamiento, alimentación adecuada, vivienda digna y un medio ambiente saludable. De esta forma, se interrelaciona con otros derechos fundamentales, formando un entramado complejo que requiere de políticas integrales para su plena realización.

    Sin embargo, la implementación de este derecho enfrenta numerosos desafíos. Las desigualdades socioeconómicas, la falta de recursos, y la corrupción son barreras significativas. A pesar de estos obstáculos, la promoción de la salud como un derecho fundamental sigue siendo esencial y muy importante

    Para mejorar la situación, es crucial que el gobierno salvadoreño refuerce su compromiso con la salud pública a través de políticas inclusivas y sostenibles. Esto incluye aumentar la inversión en el sector salud, mejorar la infraestructura, y asegurar la disponibilidad de recursos humanos y materiales necesarios. Asimismo, es vital fomentar la participación comunitaria y fortalecer los mecanismos de rendición de cuentas para garantizar que las políticas de salud respondan efectivamente a las necesidades de toda la población. De esta manera, se podrá avanzar hacia la plena realización del derecho a la salud en El Salvador, contribuyendo al bienestar y desarrollo de sus ciudadanos.

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  30. DERECHOS DE LOS ANIMALES
    El Salvador ha tomado medidas importantes para la protecciones de los animales, con el fin de promover su bienestar,por lo que ha implementado una ley especial para los animales las cual se llama "Ley de Bienestar animal" la cual protege a los animales, y esta ley es de caracter represivo ya que impone sanciones aquellas personas que cometan un acto de maltrato.
    Dicha ley busca garantizar el bienestar de los animales de compañia y silvestres, esto desde un enfoque biocéntrico respetando la vida en todas sus formas, incluyendo la fauna silvestre.
    Esta accion de El Salvador de crear una ley que proteja los animales va enfocada en el punto de concervar la fauna de su territotio, asi mismo busca concientizar a la poblacion salvadoreña, de que los animales tambien tienen derechos los cuales se tienen que respetar y por lo tanto el Estado salvadoreño con esta ley se esta encargando de tutelar esta serie de derechos con los que cuentan los animales, lo cuales son garantixar un buen cuido, proteccion, encargace de su bienestar, darles un sitio en el cual resguardarse esto en el caso de los animales de compañia,

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  31. La seguridad jurídica como DF

    La seguridad jurídica constituye un derecho fundamental que tiene toda persona frente al estado y el deber que tiene el estado hacia el gobernado .

    Se define la seguridad jurídica como la certeza que posee el individuo que se encuentra en una situación jurídica que no puede ser juzgado si no es por los procedimientos regulados y autoridades competentes establecidos previamente en la ley.

    La certeza de este derecho según el " amp. 548- 2009 " se deriva de que cada uno de los órganos que conforman el estado cumplan con las atribuciones que se les ha otorgado con base en los principios constitucionales.

    En la realidad actual que vive nuestro país es preciso analizar si se le da cumplimiento por parte del estado al DF a la seguridad jurídica en el contexto de el régimen de excepción y las violaciones al debido proceso "art 11 Cn".

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  32. DERECHO A LA LIBERTAD DE ASOCIACION
    El derecho de asociación como se menciono en clases es un derecho fundamental en una sociedad democrática, ya que este derecho le permite a las personas a construir formalmente junto con otros, agrupaciones permanentes con el fin de obtener fines específicos y no fines lucrativos. Al ejercer este derecho las personas pueden unirse para expresar sus opiniones y participar en actividades políticas, sin embargo este derecho no es absoluto y puede estar sujeto a ciertas restricciones como por ejemplo, para proteger la seguridad nacional, el orden publico o la salud o los derechos y libertades de los demás.

    En este derecho encontramos dos dimensiones una subjetiva y una objetiva;
    En la dimensión subjetiva hacemos referencia a que es un derecho de carácter individual que permite a las personas a crear asociaciones sin interferencia del estado
    y en la dimensión objetiva hacemos referencia a un derecho de carácter colectivo que permite a las personas a crear asociaciones legales donde las personas que la integran sean las responsables de buscar sus fines

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  33. LA EUTANASIA
    En El Salvador, la eutanasia es un tema legalmente prohibido. La legislación salvadoreña no permite la eutanasia activa ni el suicidio asistido. Esto significa que no se pueden llevar a cabo acciones destinadas a poner fin a la vida de una persona, incluso si esta persona lo solicita por motivos de sufrimiento o enfermedad terminal. La discusión sobre la eutanasia en El Salvador ha generado debates y controversias en la sociedad, con posturas a favor y en contra. Algunos argumentan a favor de la eutanasia como una forma de respetar la autonomía y la dignidad de las personas que sufren, mientras que otros la rechazan por consideraciones éticas y religiosas. En el contexto salvadoreño, la eutanasia sigue siendo un tema sensible y sujeto a las leyes vigentes que prohíben dichas prácticas.
    La eutanasia es un tema muy complejo que genera diversas opiniones y debates en diferentes partes del mundo. En El Salvador, como mencioné anteriormente, la eutanasia está prohibida por ley. Esto significa que no se pueden llevar a cabo acciones destinadas a poner fin a la vida de una persona, incluso si esa persona lo solicita debido a sufrimiento o enfermedad terminal. La discusión sobre la eutanasia involucra aspectos éticos, morales, legales y religiosos que deben ser considerados. En muchos países, la eutanasia es un tema controvertido que plantea preguntas sobre la calidad de vida, la autonomía del individuo y el respeto a la dignidad humana.

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  34. LA SEGURIDA JURIDICA COMO DERECHO FUNDAMENTAL
    La seguridad jurídica implica que los derechos de los individuos y las actuaciones de las instituciones jurídico publico constituye una exigencia que la constitución proclama. Desde la perspectiva del derecho constitucional la Sala de lo Constitucional hace referencia de la certeza que tiene el individuo en sus relaciones con el poder político. Implica que es la condición resultante de la predeterminación hecha por el ordenamiento jurídico (las faltas) saber como vamos a abstener nuestros comportamientos.
    Cuando hablamos de la Seguridad Jurídica como Derecho Fundamental comprender específicamente al derecho fundamental que tiene toda persona frente al Estado y el deber primordial que tiene el Estado que ese derecho sea tutelado, le sea respetados o protegidos a las personas. Las autoridades e instituciones por efecto e poder dar cumplimiento a los Derechos Fundamentales que reclaman las distintas personas que sus deberes derechos fundamentales dan poder o facultades no sean desconocidos de modo arbitrario por este tipo de poderes del Estado (autoridades legitimas o competentes)
    Seguridad Jurídica la certeza que cuando se relaciona con órganos de poder que con los derechos fundamentales que tengo como persona no me van a violentar. En que todos y cada uno de los gobernadores tengan el goce efectivo y cabal de sus derechos.

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  35. El derecho a la Educación.

    La educación es la herramienta para abrirnos oportunidades dentro de una sociedad tan exigente como lo vemos hoy en día, cada persona posee el derecho de acceder a una formación ya sea en una institución pública o privada, según sea su preferencia y sus posibilidades.
    Nadie puede negarle o privar este derecho, pues constituye las bases fundamentales para el desarrollo de cada individuo.
    Considero que este derecho comprende más allá de la formación, la accesibilidad y la seguridad para acceder a este derecho, porque actualmente existen muchas limitaciones y deficiencias en el ámbito de la educación; muchas veces las condiciones económicas imposibilitan el acceso a ella, es aquí, donde el Estado debería cumplir su rol, como el principal obligado a brindar herramientas necesarias para que todos podamos tener oportunidades de estudio.
    ¿Cuales podrían ser las deficiencias de la educación? En cuanto a la educación pública, existen deficiencias en el área de infraestructura, para desarrollar una buena educación todos necesitamos estar seguros, sin poner en riesgo nuestra integridad física.
    Ahora bien, ¿cuales podrían ser las limitaciones? La falta de presupuesto para la mejora de los centros escolares. También, la falta de recursos materiales para el desarrollo de clases, y la falta de métodos pedagógicos o centros especializados para atender a personas con capacidades especiales.
    Además, métodos que se adapten a las nuevas exigencias sociales de nuestros tiempos, y considero que esto debería ser en todos los niveles de educación, tanto básica como superior.
    También, deberían de existir más programas que permitan a las personas en situación económica precaria, superarse.

    Para muchos, la educación aún sigue siendo de difícil acceso, aunque este sea un derecho fundamental, ciertamente la educación en nuestro país sigue siendo un gran reto por mejorar.

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  36. El derecho al matrimonio igualitario

    En El Salvador el matrimonio igualitario no está reconocido, y muchas personas consideran que es una discriminación y esto quiere decir que se quebranta el derecho fundamental de la igualdad, pero hay que tomar en cuenta que para El Salvador que es un país en su mayor parte con políticas sociales más conservadoras se puede deducir que la inclusión del matrimonio igualitario no es una prioridad, y el hecho de intentar reformar las normas con el fin de permitirlo sería un gran desafío por el efecto dominó que obligaría a reformar muchas de las normas que están dirigidas a una familia más tradicional, a pesar de que la Corte Interamericana de los Derechos Humanos no prohíbe el matrimonio igualitario en el Salvador se a optado por no establecer como legales las uniones matrimoniales entre personas del mismo sexo por las implicaciones que estás traerían, más sin embargo el hecho de no permitir el matrimonio igualitario no se imponen restricciones para que personas del mismo sexo tengan una unión como pareja, queriendo decir que no se está quebrantando el derecho de discriminación ya que cada persona es libre de mantener una relación ya sea con personas de diferente e igual género.
    Aunque también es importante considerar que el reconocimiento del matrimonio igualitario podría contribuir a la lucha contra la discriminación y promover la inclusión social en El Salvador. Aunque actualmente no se reconoce legalmente, el debate sobre el matrimonio igualitario podría abrir un espacio para discusiones más amplias sobre los derechos de la comunidad LGBTIQ+ y su reconocimiento legal. Esto podría llevar a una mayor conciencia y respeto hacia la diversidad sexual, así como a cambios legislativos que reflejen los valores de igualdad y no discriminación en la sociedad salvadoreña.

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  37. Derecho a la libertad de asociación.
    El derecho a la libertad es un derecho fundamental recogido en nuestra Constitución, y uno de sus aspectos más importantes es la libertad de asociación. Según el artículo 7 de la Constitución, la libertad de asociación da a los ciudadanos el derecho a unirse libremente y a reunirse pacíficamente y sin armas para cualquier propósito lícito. Esto nos permite formar grupos y perseguir objetivos comunes, esenciales para el buen funcionamiento de una democracia, facilitando la participación ciudadana y el pluralismo.
    La libertad de asociación es fundamental para crear sindicatos, partidos políticos, organizaciones no gubernamentales y otras formas de agrupaciones que contribuyen al desarrollo social y político del país. Este derecho está estrechamente relacionado con otros derechos fundamentales, como la libertad de expresión y la libertad de reunión. Juntos, estos derechos forman un marco integral que sostiene la democracia y protege a los ciudadanos contra el abuso del poder. Por ejemplo, los sindicatos no solo permiten a los trabajadores negociar colectivamente mejores condiciones laborales, sino que también actúan como una voz crítica y necesaria en la sociedad. Esto demuestra cómo la libertad de asociación es esencial para garantizar que todas las voces sean escuchadas y que los derechos e intereses de los ciudadanos sean protegidos.

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  38. EL DERECHO DE IGUALDAD Y LOS DERECHOS SOCIOECONÓMICOS

    Estos derechos son fundamentales en cualquier sociedad que aspire a la justicia y el desarrollo inclusivo. En en caso de nuestro país, estos derechos han sido objeto de un profundo análisis y protección por parte de la sala de lo constitucional de la Corte Suprema de Justicia. La igualdad implica tratar a todas las personas de manera equitativa, sin discriminación, por motivos como género, etnia, orientación sexual o condición socioeconómica, tal y como lo establece el artículo 3 de la Cn donde expresa que todas las personas son iguales ante la ley.
    Por otro lado, los derechos socioeconómicos abarcan el acceso al servicios básicos como salud, educación, vivienda digna, y trabajo digno, garantizando las condiciones de vida adecuadas para todos los ciudadanos.
    La Jurisprudencia de la Sala de lo Constitucional Salvadoreña ha jugado un papel muy importante en la protección de estos derechos. Ha emitido fallos que promueven la igualdad de género y la no discriminación, fortaleciendo las leyes y políticas públicas que buscan eliminar barreras injustas y promover la inclusión social

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  39. Derecho a la libertad económica.
    El derecho a la libertad económica es fundamental en una sociedad democrática. Este derecho la sala de lo Constitucional lo divide en tres aspectos: el libre acceso al mercado, el libre ejercicio de la empresa y la libre cesación de actividades económicas.
    El libre acceso al mercado significa que cualquier persona puede entrar al mercado y competir en igualdad de condiciones. Esto promueve la innovación y la variedad de productos y servicios, lo cual es beneficioso para los consumidores y contribuye al desarrollo económico del país. El libre ejercicio de la empresa, también conocido como libertad de empresa, permite a las personas dirigir y gestionar sus negocios según sus preferencias, siempre y cuando cumplan con las leyes y regulaciones. Esto ayuda a que las empresas sean más eficientes y productivas, adaptándose mejor a las necesidades del mercado y de los consumidores. Por último, la libre cesación del ejercicio económico garantiza que las personas puedan cerrar sus negocios cuando lo consideren necesario. Esto es crucial para la economía, ya que permite que los recursos se reorganicen y se utilicen en áreas más productivas y rentables.

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  40. EL DERECHO FUNDAMENTAL DE LA VIVIENDA
    El derecho a la vivienda en El Salvador es reconocido constitucionalmente y respaldado por diversas leyes y políticas públicas que se encuentra regulado en el artículo 119 de nuestra constitución.
    El Salvador enfrenta varios desafíos y realidades complejas que afectan a diferentes sectores de la población.
    Hoy en día uno de esos desafíos es el alto costo de las viviendas, por una serie de factores complejos que influyen en el mercado inmobiliario del país.
    El estado es el encargado de brindar una vida digna a su población, pero en este caso debido a los altos costos las personas no pueden tener acceso a ello, y el estado por medio de sus sistemas tienen deficiencias que no cumplen ni satisfacen las necesidades del individuo
    Una de las políticas implantadas en nuestro país es el fondo Nacional de Vivienda Popular (FONAVIPO), el cual trajo cierto beneficio a la población ofreciendo financiamiento y subsidios para la construcción, mejoramiento y adquisición de viviendas, pero por los limitados recursos es insuficiente para satisfacer la demanda y cubrir todas las necesidades existentes. Se puede entender que estas políticas no han sido efectivas debido a la mala gestión de nuestro gobierno y la falta de continuidad en las administraciones gubernamentales pueden interrumpir la implementación de políticas a largo plazo y generar incertidumbre entre los actores involucrados en el sector de la vivienda

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  41. El Derecho al Matrimonio Homosexual

    Reconociendo el principio de igualdad y de no discriminación que están regulados en diversas constituciones podemos ver el derecho al matrimonio homosexual. El argumento a favor del matrimonio homosexual es la interpretación de los derechos fundamentales en donde podemos ver los tratados internacionales y organismos internacionales que lo regulan de forma que la exclusión de las parejas del mismo sea una violación a los derechos antes puestos del derecho de igualdad ante la ley y la protección contra la discriminación. Si bien es cierto que las personas homosexuales no pueden procrear hijos no es un impedimento para no declarar dicho derecho ya que la procreación de hijos a dejado de ser un elemento decisivo en un matrimonio civil, la Corte del Reino Unido ya a decidido que la imposibilidad de concebir un hijo no quita el derecho a casarse.

    En nuestro país no se encuentra regulado el matrimonio homosexual considerandose una discriminación y exclusión a minorías, negándoles el derecho a formar una familia, al no reconocer crea una discriminación impidiendo dar un paso al respeto e igualdad.

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  42. El Derecho Fundamental acerca de los animales.

    Podemos decir que el derecho de los animales ha sido un tema de creciente importancia en los últimos años. Aunque en nuestra constitución no especifica esos derechos, se han promulgado leyes que buscan proteger su bienestar y prevenir el maltrato. Ya que en si la Ley de Protección y Bienestar Animal de 2017 es un clave ejemplo, estableciendo normativas para la tenencia responsable y la crueldad animal.
    En dado caso, las efectividades de estas leyes han sido limitadas debido a la falta de aplicación rigurosa y a la percepción cultural arraigada sobre el trato a los animales. La sociedad civil y organizaciones no gubernamentales han jugado un papel crucial en la promoción de una legislación más robusta y en la concienciación publica sobre el respeto a los derechos de los animales.
    Además, las culturas arraigadas de indiferencia hacia los derechos de los animales presentan obstáculos adicionales
    Más bien las personas del país deberá estar más conscientes de que las vidas de los animales están en peligro por parte de otros animales y de la sociedad en general, la importancia de este derecho es que cada animal, tiene derecho a una vida plena, libre de abusos, violencia, agresiones e alimentación, aparte también tener libertad de vivir sus vidas de manera pacifica, implementando en ellos educación sana y responsable.

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  43. El derecho fundamental a la vivienda es un pilar esencial dentro del pensamiento jurídico contemporáneo, reconocido tanto a nivel nacional como internacional. Este derecho está consagrado en diversos instrumentos legales, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que subrayan la obligación de los Estados de garantizar una vivienda adecuada para todos sus ciudadanos.

    Desde una perspectiva jurídica, el derecho a la vivienda se interpreta como un derecho social que requiere la intervención activa del Estado para su realización efectiva. Esto incluye la adopción de políticas públicas y medidas legislativas que faciliten el acceso a viviendas dignas y asequibles, especialmente para los grupos más vulnerables de la sociedad. La interpretación de este derecho no se limita simplemente a la disponibilidad de una estructura física, sino que también abarca aspectos de habitabilidad, accesibilidad, seguridad de la tenencia y adecuación cultural. El derecho a la vivienda debe ser interpretado de manera amplia y progresiva, considerando factores como la disponibilidad de servicios básicos (agua, saneamiento, electricidad), la accesibilidad para personas con discapacidades, la seguridad de la tenencia (protección contra desalojos forzosos) y la adecuación cultural de las viviendas.
    La jurisprudencia de diversos tribunales internacionales y nacionales ha avanzado en la protección del derecho a la vivienda, reconociéndolo como un derecho exigible y justiciable. Casos emblemáticos han sentado precedentes que obligan a los Estados a adoptar medidas concretas para garantizar este derecho, incluso en contextos de crisis económica o desastres naturales.

    En si el derecho fundamental a la vivienda nos indica la importancia de garantizar a todas las personas un lugar seguro, accesible y digno donde vivir, reconociendo su papel crucial en la promoción de la igualdad, la justicia social y el desarrollo humano sostenible.

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  44. EL DERECHO AL TRABAJO
    Según la sentencia de Inc. 17-95, emitida por la Sala de lo Constitucional, el derecho al trabajo es una manifestación del derecho general de la libertad y en la constitución se tiene como parte de los derechos individuales, los derechos laborales son derechos sociales. Sin embargo es importante entender que este derecho no se le exige al estado o a alguien para que nos de trabajo, va en el sentido que no puedo ser obstaculizado este derecho a poder trabajar; este derecho significa que todas las personas son capaces de poder desempeñar actividades que sean remuneradas y que esa libertad no puede ser arbitrariamente determinada ya que el derecho al trabajo es importante para poder vivir con dignidad y solventar las necesidades básicas de las persona, por esto se debe cumplir con una serie de prestaciones, derechos y garantías que aseguren la dignidad humana, por eso se establecen normas que regulan los diferentes tipos de trabajos y las relaciones laborales ya que una vez violentada alguna de estas se puede iniciar con los procesos correspondientes y en los plazos que determinan las normas a fin de garantizar el cumplimiento de este derecho esencial para el desarrollo.

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  45. DERECHO GENERAL A LA LIBERTAD

    Considerado tanto un pilar de los derechos fundamentales como de la existencia y desarrollo del hombre, su implicación y por ende aplicación a y en todo campo de la realidad conlleva a no solo la responsabilidad de sus titulares en el pleno ejercicio y desarrollo del mismo, sino también a la tutela, regulación y limitación de que deben encargarse los poderes públicos competentes para evitar todo tipo de crímenes e inconstitucionalidades.

    Ahora bien, consagrado en nuestra Constitución, por su complejidad e inherencia al ser humano, es la Libertad el único derecho o valor capaz de trascender la historia y sus aparentes y abundantes carencias, pero que a la vez supone subyugar a la sociedad y al ordenamiento jurídico a los intereses y objetivos de los particulares, gobernantes y hasta de los funcionarios públicos, sin importar su origen o naturaleza. Tal como se evidencia en el marco jurídico-político actual, en que el poder recae sobre una persona y se viola el sistema de pesos y contrapesos que es necesario para conservar y promover un Estado Democrático y Constitucional de Derecho.

    Por último, me remito a una cita de Nietzsche que explica y concluye con exactitud el argumento de mi presente ensayo: “Solo hay libertad en un mundo en el que lo posible está definido al mismo tiempo que lo que no lo es. Sin ley no hay libertad.”

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  46. La seguridad jurídica

    Es la seguridad de que los derechos y obligaciones serán respetados y protegidos por el sistema legal lo cual es fundamental para la estabilidad y desarrollo de la sociedad. La seguridad jurídica es el principio segun el cual el derecho debe de ser claro y estable, esta claridad y estabilidad permite a las personas de que las reglas no cambiaran arbitrariamente.
    La seguridad jurídica es un pilar esencial del estado de derecho y una condición necesaria para la protección de los derecho humanos. A través de la claridad y estabilidad de las leyes garantizando así que los ciudadanos puedan confiar en el sistema legal y llevar una vida con seguridad. La seguridad jurídica no sólo es un concepto abstracto sino una realidad tangible que afecta la vida cotidiana de las personas. Su promoción y defensa son tareas constantes que requieren un compromiso firme con los valores del estado de derecho y la justicia atraves de la implementacion efectiva de mecanismo legales y la participación activa de la sociedad.

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  47. El derecho de los animales
    Los derechos de los animales es un tema de gran importancia en la sociedad actual. A lo largo de la historia, los seres humanos han considerado a los animales como seres inferiores, utilizándolos para satisfacer sus necesidades y deseos sin tener en cuenta su bienestar. Sin embargo, en los últimos años ha surgido un movimiento que busca reconocer y proteger los derechos de los animales. Tenemos como ejemplo la ley de bienestar animal que se ha implementado en nuestro país. Los defensores de los derechos de los animales argumentan que los animales tienen el derecho a vivir una vida libre de sufrimiento y explotación. los animales son seres sintientes, capaces de experimentar todo tipo de dolor, emociones, y por lo tanto merecen ser tratados con respeto y consideración. La finalidad de esta ley pretende, prevenir erradicar y sancionar todo acto de crueldad o tráfico ilícito contra los animales de compañía y animales silvestres evitándoles sufrimiento y desarraigo de su entorno natural Uno de los principales derechos que se defienden es el derecho a no ser maltratado. Esto implica que los animales no deben ser sometidos a crueldad, abuso o negligencia. También se aboga por el derecho a vivir en un entorno adecuado, donde puedan satisfacer sus necesidades naturales y comportarse de acuerdo a su especie. Además, se argumenta que los animales tienen derecho a no ser utilizados como propiedad o recursos para el beneficio humano. Esto implica que no deben ser criados, encarcelados, utilizados en experimentos científicos o en la industria de la alimentación y la moda de manera indiscriminada. el debate sobre los derechos de los animales es un tema complejo y controvertido. Sin embargo, cada vez más personas están reconociendo la importancia de tratar a los animales con respeto y consideración.

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  48. Desde mi punto de vista y como he comprendido las clases daría mi punto de vista sobre los derechos fundamentales Seguridad Jurídica y el derecho a la vivienda.

    La seguridad jurídica garantiza que las leyes sean claras, conocidas y aplicadas de manera justa y predecible. Es esencial para la estabilidad social y la confianza en el sistema judicial. Un marco normativo robusto, como lo establece la Declaración Universal de los Derechos Humanos, asegura la protección de los derechos individuales y promueve un entorno propicio para el desarrollo económico. Sin embargo, desafíos como la corrupción, la imparcialidad judicial y la claridad legislativa pueden socavar este principio, afectando la equidad y la justicia en la aplicación de la ley.

    Derecho a la Vivienda
    El derecho a la vivienda asegura que toda persona tenga acceso a una vivienda adecuada y digna, tal como lo estipula el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Este derecho es crucial para la dignidad humana, la inclusión social y el bienestar general. No obstante, enfrentar la asequibilidad y accesibilidad de la vivienda, junto con los desalojos forzosos y la urbanización descontrolada, son desafíos significativos. Políticas efectivas de vivienda social, regulación del mercado inmobiliario y financiamiento accesible son necesarias para abordar estos problemas y garantizar que este derecho sea una realidad para todos. Pero como siempre el gobierno tiene en el olvido el bienestar de la población con una vivienda digna.

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  49. Derecho a la seguridad jurídica.
    Es un derecho fundamental que tienen todas las personas frente al Estado y este tiene el deber de tutelarlo y respetarlo, es un deber de naturaleza positiva porque debe de darle cumplimiento a ciertos requisitos, condiciones o circunstancias exigidas por el ordenamiento jurídico para que la persona pueda disfrutar de su derecho fundamental, el Estado no puede dejar de cumplir con su obligación porque terminaría afectando o vulnerando el derecho fundamental.
    La jurisprudencia constitucional, define el derecho como la certeza que posee el particular de que su situación jurídica solo podrá ser modificada por procedimientos regulares y autoridades competentes, ambos previamente establecidos por la ley, siendo una forma de materializar este derecho la prohibición de abrir causas fenecidas. En ese sentido, las resoluciones judiciales que poseen la calidad de cosa juzgada no pueden ser alteradas o modificadas por actuaciones posteriores al margen de los cauces legales previstos, situación que constituye una garantía para aquellos que han sido parte en un proceso ya finalizado y cuya resolución ha adquirido firmeza.
    El proceso de amparo se utiliza para proteger la seguridad jurídica cuando se alega que una autoridad ha actuado en contravención a principios o reglas constitucionales.

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  50. DERECHO FUNDAMENTAL A LA VIVIENDA

    El derecho fundamental a la vivienda es esencial para garantizar una vida digna y el desarrollo pleno de las personas. Este derecho implica no solo la disponibilidad de un espacio físico adecuado, sino también la accesibilidad, la seguridad jurídica y la asequibilidad para todos los ciudadanos.

    La Constitución establece que toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, lo que incluye la protección contra el desalojo forzoso, el acceso a servicios básicos, y un entorno habitable. En la sentencia de Inc. 53-2005 Ac., la Sala de lo Constitucional afirmó que los derechos fundamentales, incluidos los derechos socioeconómicos, implican una serie de obligaciones estatales tanto negativas como positivas: respetar, proteger, garantizar y promover.

    La jurisprudencia de la Sala de lo Constitucional ha desarrollado diversos aspectos relacionados con el derecho a la vivienda. Se enfatiza que el Estado tiene la obligación de garantizar la accesibilidad y asequibilidad de la vivienda, y de implementar políticas públicas que aseguren el cumplimiento de este derecho. Además, se establece que la vivienda debe ser habitable y contar con los servicios básicos necesarios para asegurar una vida digna.

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  53. EL DERECHO A LA PROTECCION DEL ADULTO MAYOR INDIGENTE
    Como consecuencia de los cambios que ha sufrido El Salvador, los problemas económicos, el acceso a la salud, al trabajo, a la educación, a la alimentación, a la forma de vivir de manera digna para las personas, son factores que hace que la familia, la primera fuente de apoyo, desarrollo y cuido de una persona sea inestable, es por ello que el Estado como sujeto proveedor y garante de los derechos fundamentales dicta en su Constitución que brindará protección especial a las personas en situación de indigencia, estableciendo así al adulto mayor como beneficiario de dicho derecho, cuando careciere de apoyo familiar, en cuanto a los recursos necesarios para vivir dignamente, o tenga incapacidades, corresponde así al Estado velar por su integridad como lo dice el ART. 1 Cn.
    En el año 2021 se crea la Ley Especial Para la Protección de los Derechos de la Persona Adulta mayor que derogó a la antigua Ley de Atención Integral para la Persona Adulta mayor, dice en su Art. 3 que “el Estado garantizará los planes, los programas, normativas y las acciones que les permitan el ejercicio y goce de sus derechos humanos, en particular el acceso a condiciones óptimas”. Sin embargo, este Derecho tiene una serie de desafíos, como la salud y resguardo optimo las condiciones, la discriminación a la cual se enfrentan, cuando el Estado no cumple las obligaciones de leyes y políticas establecidas, las desigualdades sociales, el refuerzo de políticas e instrumentos, así como la mediación de las instituciones para su efectividad

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  54. La libertad jurídica en El Salvador, está sustentada en el marco constitucional y legal que regula los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos. La Constitución es la base del ordenamiento jurídico del país y establece los principios de libertad jurídica. Que nos brinda los Derechos Fundamentales La Constitución salvadoreña garantiza una serie de derechos fundamentales, incluyendo el derecho a la vida, la libertad, la seguridad personal y la propiedad. Estos derechos son inviolables y obligan tanto a las autoridades como a los particulares Estado de Derecho El principio del Estado de Derecho implica que todos los ciudadanos y las autoridades están sujetos a la ley. Esto incluye la separación de poderes, donde el poder legislativo, ejecutivo y judicial actúan de manera independiente y equilibrada. Derecho a la Defensa Cualquier persona acusada de un delito tiene derecho a un juicio justo y a una defensa adecuada. Esto incluye el derecho a ser informado de los cargos, a tener acceso a un abogado, y a un proceso judicial con garantías. En la práctica, la efectividad de estas libertades jurídicas puede variar y enfrentarse a desafíos, como la corrupción, la ineficiencia judicial y las presiones políticas. No obstante, el marco legal está diseñado para proteger y promover las libertades individuales y colectivas en El Salvador.

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  55. LA REGULACION DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES

    La regulación de los derechos fundamentales es esencial para garantizar una sociedad justa e igualitaria. Estos derechos, que incluyen la libertad de expresión, el derecho a la privacidad, la igualdad ante la ley y muchos otros más, son la base para la protección de la dignidad humana y la promoción del bienestar de la sociedad en general. Sin una regulación adecuada, existe el riesgo de que se produzcan abusos y discriminación entre gobiernos, corporaciones e incluso individuos.

    Una regulación eficaz proporciona un marco jurídico claro que define límites y responsabilidades, permitiendo a todos los ciudadanos ejercer sus derechos sin temor a represalias injustas. También facilita la resolución de conflictos y promueve la rendición de cuentas, tanto institucional como social. Al mismo tiempo, estas regulaciones pueden fomentar la innovación y el desarrollo al proporcionar un entorno en el que la creatividad y el progreso puedan florecer sin comprometer la integridad de los derechos individuales.

    En otras palabras, la regulación de los derechos fundamentales no sólo protege a los individuos de la opresión y el abuso, sino que también fortalece el tejido social al promover la justicia, la igualdad y el respeto mutuo. Es un elemento esencial de la estabilidad social moderna y del funcionamiento democrático, y debe modificarse y fortalecerse constantemente para adaptarse a los desafíos cambiantes y en evolución del mundo moderno.

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  56. Naturaleza de los Derechos de los Animales.
    Los derechos de los animales se fundamentan en la idea de que todos los seres sintientes merecen respeto y consideración moral. Esto implica reconocer que los animales son capaces de experimentar placer, dolor y emociones, y por lo tanto, tienen intereses que merecen ser tenidos en cuenta en nuestras decisiones y acciones.

    Existen varios argumentos a favor de otorgar derechos a los animales. Uno de ellos se basa en el principio de igual consideración de intereses, propuesto por filósofos como Peter Singer.
    Según este principio, la capacidad de sufrir y disfrutar no debe depender de la especie a la que se pertenece, sino que todos los seres que pueden experimentar estas sensaciones deben ser tratados con igual consideración moral.
    Además, los defensores de los derechos de los animales argumentan que las prácticas de explotación animal, como la cría intensiva en la industria alimentaria o el uso de animales en entretenimiento, son moralmente problemáticas y deberían ser reformadas o eliminadas en favor de alternativas más éticas.
    Sin embargo, el reconocimiento de los derechos de los animales enfrenta varios retos y controversias. Algunos críticos sostienen que otorgar derechos legales a los animales podría tener implicaciones prácticas y legales complicadas, como determinar cómo se representarían sus intereses en el ámbito jurídico o cómo se aplicarían estos derechos en diferentes contextos culturales y sociales.
    Además, existe un debate sobre la diferencia moral entre los seres humanos y los animales, argumentando que nuestra capacidad cognitiva y moral nos diferencia de manera significativa de otras especies. Esta perspectiva cuestiona si los derechos de los animales deberían ser equiparables a los derechos humanos o si deberían basarse en un marco ético diferente.

    A pesar de estos desafíos, ha habido avances significativos en la protección de los derechos de los animales en muchos países.
    Legislaciones que prohíben prácticas como la crueldad animal, el comercio de especies en peligro de extinción y el maltrato en la industria son ejemplos de medidas que buscan mejorar el bienestar animal y reconocer su valor intrínseco.
    La creciente conciencia pública y el activismo también han jugado un papel crucial en promover el cambio hacia una sociedad más compasiva y responsable con los animales. Campañas de sensibilización, organizaciones dedicadas al rescate y la rehabilitación de animales, así como cambios en las preferencias de consumo hacia productos más éticos y sostenibles, son indicativos de un cambio cultural en curso.
    En conclusión, el reconocimiento y la protección de los derechos de los animales son parte de un movimiento ético más amplio hacia una sociedad más justa y compasiva. Si bien el camino hacia una consideración moral universal de los animales puede ser largo y complejo, es fundamental seguir avanzando en el debate y la acción sobre cómo podemos mejorar nuestras relaciones con otras especies y promover un trato más ético y humano hacia ellos. Al hacerlo, no solo fortalecemos nuestra propia moralidad, sino que también contribuimos a la preservación del medio ambiente y al bienestar global de nuestro planeta compartido.

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  57. LA EUTANASIA:
    La eutanasia es un tema debatido globalmente, y El Salvador no es una excepción, donde está estrictamente prohibida por ley debido a la protección constitucional de la vida desde la concepción, influenciada por la Iglesia Católica. Esta postura legal penaliza tanto la eutanasia activa, mediante la administración de sustancias para poner fin a la vida de un paciente, como la eutanasia pasiva, retirando tratamientos médicos necesarios para prolongar la vida. Los defensores éticos de la eutanasia argumentan que proporciona un medio para terminar con un sufrimiento insoportable y mantener control sobre la propia muerte, contrastando con opositores que temen abusos y presiones sobre personas vulnerables si se legaliza. Además, destacan que avances en cuidados paliativos pueden ofrecer alivio suficiente sin necesidad de recurrir a la eutanasia. En El Salvador, factores culturales y sociales, como la solidaridad familiar y el apoyo emocional, juegan un papel crucial en el cuidado de pacientes terminales, aunque la falta de opciones legales puede llevar a decisiones dolorosas y prolongar el sufrimiento. La sociedad salvadoreña debe seguir explorando este tema considerando ética, autonomía y dignidad humana, buscando un equilibrio entre la protección de la vida y el derecho a una muerte digna.

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  58. EL DERECHO FUNDAMENTAL DE LA EDUCACION

    El derecho a la educación es uno de los pilares esenciales para el desarrollo integral de las personas y la sociedad en su conjunto. Este derecho, consagrado en diversos instrumentos internacionales y constituciones nacionales, garantiza a todas las personas el acceso a una educación de calidad, sin discriminación alguna. En el marco jurídico constitucional, la educación es reconocida no solo como un derecho individual sino también como un bien público que contribuye al progreso económico, social y cultural de la nación.

    El derecho a la educación implica la obligación del Estado de proporcionar una enseñanza accesible y gratuita en sus niveles básicos y de asegurar la igualdad de oportunidades para acceder a niveles superiores de educación. Además, conlleva el deber de establecer y mantener un sistema educativo que respete los principios de igualdad, inclusión y no discriminación. La jurisprudencia ha reiterado la importancia de este derecho al subrayar que su cumplimiento es esencial para la realización de otros derechos fundamentales, como el derecho al trabajo y a la participación política.

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  59. Derecho fundamental a la vivienda

    El derecho a la vivienda es inherente a las personas, todas deben tener un espacio donde habitar sin que se les sea violentada su privacidad y seguridad, comprende el de elegir donde construir y cuando hacerlo, también el de elegir donde residir, como es un derecho, es deber del Estado que este derecho no sea violentado y pueda ser alcanzable para todas las personas, según el artículo 119 de la constitución.

    Es decir, el Estado debe facilitar y proteger este derecho fundamental así mismo hacerlo valer cuando sea violentando, pero en El Salvador actualmente es muy difícil optar por comprar una vivienda o construir por los altos costos de estas, ya que los salarios son muy bajos el mínimo ronda por los $365 dólares y los materiales para las construcciones de vivienda han aumentado su costo, a pesar de muchos esfuerzos, El Salvador enfrenta numerosos desafíos en la implementación efectiva del derecho a una vivienda digna. El déficit habitacional es significativo, con una gran cantidad de familias viviendo en condiciones de hacinamiento o en viviendas inadecuadas. La informalidad en la tenencia de la tierra es otro problema crucial, que complica el acceso a la propiedad segura y legalmente reconocida, por esto y muchas adversidades más el estado debe observar y crear mecanismos donde los ciudadanos tengan acceso a una vivienda digna.

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  60. Los derechos fundamentales de libertad, seguridad jurídica, derecho a la igualdad y los derechos socioeconomicos son elementos claves en cualquier sistema constitucional. Éstos derechos aseguran la protección de la dignidad humana, la libertad individual, la igualdad ante la ley y el acceso a condiciones de vida dignas y justas.

    En el salvador la sala de lo constitucional de la Corte suprema de justicia tiene la función de interpretar la Constitución y resolver conflictos constitucionales el derecho de libertad incluye la libertad de expresión de reunión entre otros la jurisprudencia ha abordado casos relacionados con la protección de éstas libertades frente a posibles restricciones del estado. La seguridad jurídica asegura que las normas y decisiones estatales sean previsibles, estables y respeten el estado de derecho. El derecho de igualdad garantiza que todas las personas sean tratadas de manera igual ante la ley y tengan igualdad de oportunidades.

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  61. El derecho a la vivienda no es simplemente una cuestión de propiedad o de ocupar un espacio físico es un pilar fundamental para el desarrollo humano integral y la dignidad en la actualidad numerosas sociedades enfrentan desafíos significativos en términos de acceso a viviendas adecuadas y accesibles. Esto se ve exacerbado por factores como la urbanización rápida la especulación inmobiliaria y la falta de políticas públicas efectivas
    La crisis habitacional no solo afecta a individuos y familias en situación de pobreza sino que también impacta negativamente en la cohesión social y el desarrollo sostenible de las comunidades por lo tanto es imperativo que los estados adopten medidas concretas y efectivas para garantizar el cumplimiento pleno y progresivo del derecho a la vivienda para todos sus habitantes.

    políticas que promuevan la construcción de viviendas asequibles la protección contra los desalojos injustos la mejora de barrios marginales y la provisión de servicios básicos son fundamentales para abordar esta problemática de manera integral además es crucial el fortalecimiento de mecanismos legales y judiciales que protejan los derechos de los vulnerables y garanticen la aplicación efectiva de las normativas relacionadas con la vivienda.
    En conclusión el derecho a la vivienda no es solo un principio jurídico sino también un imperativo moral y ético que define nuestra responsabilidad colectiva hacia el bienestar de todos los miembros de la sociedad solo a través de un compromiso firme y acciones coordinadas a nivel nacional e internacional podremos avanzar hacia sociedades más justas e inclusivas donde cada individuo pueda disfrutar de un hogar seguro y digno.

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  62. DERECHO FUNDAMENTAL A LA VIVIENDA

    Este derecho a una vivienda digna implica que todos los ciudadanos, independientemente de su perfil económico o sociocultural, deben tener acceso a una vivienda de calidad. Esta vivienda debe estar bien ubicada, contar con servicios básicos adecuados, ser segura en cuanto a su tenencia y cumplir con estándares éticos de calidad. Todas las personas tienen el derecho de disfrutar de una vivienda digna y adecuada.

    Los poderes públicos tienen la responsabilidad de fomentar las condiciones necesarias y establecer las normativas pertinentes para hacer efectivo este derecho. Esto incluye la regulación del uso del suelo en beneficio del interés general, con el objetivo de prevenir la especulación inmobiliaria. Es deber del Estado proteger y garantizar el acceso a la vivienda, ya que es un recurso vital para todos los seres humanos. Lamentablemente, en nuestro país no se reconoce el derecho humano a la vivienda como debería ser.

    El artículo 101 de la Constitución de la República de El Salvador establece que “El orden económico debe responder esencialmente a principios de justicia social, que tiendan a asegurar a todos los habitantes del país una existencia digna del ser humano.” Este derecho a una vivienda propia nos permite vivir en un entorno digno y decoroso, donde podamos disfrutar de paz, salud física y mental, y compartir con nuestro núcleo familiar.

    Además, una vivienda adecuada es fundamental para el desarrollo integral de las personas, proporcionando un espacio seguro y estable que favorezca el bienestar y la calidad de vida. La vivienda no solo debe ser un refugio, sino también un lugar que promueva la convivencia armoniosa, el desarrollo personal y la participación en la comunidad.

    Por tanto, es crucial que las autoridades tomen medidas efectivas para asegurar que todos los ciudadanos tengan acceso a una vivienda digna, promoviendo políticas públicas inclusivas y sostenibles que respondan a las necesidades de la población. Solo así se podrá garantizar que el derecho a la vivienda se convierta en una realidad tangible para todos, contribuyendo al desarrollo social y económico del país.

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  63. EL DERECHO A LA SALUD Y LA FALTA DE ESPECIALIDADES MÉDICAS EN EL SISTEMA PÚBLICO DE EL SALVADOR

    El derecho a la salud ha sido interpretado y protegido por la Sala de lo Constitucional de El Salvador, La sentencia de Amp. 166-2009. Esta sentencia define la salud como un estado de completo bienestar físico y mental, cuya realización permite a las personas vivir dignamente. No se trata solo de un objetivo del Estado, sino de un derecho fundamental que exige medidas para su prevención, asistencia y recuperación. También menciona que: "la salud debe reunir como mínimo las siguientes características: i) disponibilidad, en cuanto a la necesidad de contar con un número suficiente de establecimientos, bienes y programas públicos para satisfacer la demanda del servicio; ii) accesibilidad, en la medida en que tales establecimientos y la prestación de los servicios sean asequibles material y económicamente a 'todos', sin discriminación alguna."
    Sin embargo, el sistema de salud público en El Salvador enfrenta desafíos significativos, particularmente en la disponibilidad de especialidades médicas. La falta de especialistas en áreas clave resulta en una prestación de servicios insuficiente e inadecuada, comprometiendo el cumplimiento del derecho a la salud. Según la jurisprudencia de la Sala, la salud debe caracterizarse por su disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad. La escasez de especialistas médicos afecta gravemente estos principios, ya que los pacientes con condiciones que requieren atención especializada a menudo enfrentan largas esperas, agravando su estado de salud. Además, muchos deben recurrir al sistema privado, incurriendo en gastos que no pueden solventar, generando inequidades en el acceso a la atención médica.
    El 3 de mayo de 2024 entró en vigor la Ley de Especialidades Médicas en El Salvador, la cual regula la formación, certificación y ejercicio de las especialidades médicas. Esta ley establece que los médicos deben completar un programa de residencia médica aprobado por el Ministerio de Salud y someterse a certificaciones periódicas. No obstante, la implementación de esta ley enfrenta desafíos como la falta de recursos para programas de residencia, infraestructura hospitalaria limitada y la necesidad de incentivos para que los médicos se especialicen y trabajen en el sector público.
    El derecho a la salud en El Salvador requiere un compromiso activo del Estado. La falta de especialidades médicas en el sistema público es una barrera significativa para su cumplimiento. Superar este desafío requiere mejorar la formación de especialistas y asignar recursos adecuados para la salud pública. La efectiva implementación de la Ley de Especialidades Médicas es crucial para garantizar que todos los salvadoreños tengan acceso a una atención médica de calidad, permitiendo una vida digna y el pleno desarrollo de sus capacidades.

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  64. El derecho fundamental a la vivienda.

    Es un principio reconocido internacionalmente que establece que todas las personas tienen derecho a un lugar seguro, adecuado y asequible para vivir. Este derecho se encuentra consagrado en la Declaración Universal de Derechos Humanos, así como en otros tratados y documentos internacionales de derechos humanos. La vivienda adecuada no solo implica un techo, sino también acceso a servicios básicos como agua potable, saneamiento, electricidad y calefacción. Garantizar el derecho a la vivienda es fundamental para asegurar la dignidad humana y la igualdad de oportunidades para todas las personas.

    Este derecho implica que nadie debe vivir en la calle o en condiciones precarias, y que el Estado tiene la responsabilidad de garantizar el acceso a la vivienda para todos sus ciudadanos.

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  65. LA IGUALDAD COMO VALOR CONSTITUCIONAL

    La igualdad como valor constitucional es un principio fundamental en el diseño y la interpretación de la Constitución de un país, que establece que todos los ciudadanos tienen los mismos derechos y obligaciones ante la ley y deben ser tratados sin discriminación, independientemente de sus diferencias inherentes o circunstancias, este principio y valor lo que busca es garantizar la equidad en todos los aspectos de la vida pública y privada, promoviendo así una sociedad justa y equitativa.

    Históricamente, la consagración de la igualdad en las constituciones ha sido una respuesta a sistemas de discriminación y desigualdad profundamente arraigados. A través de este valor, lo que se busca es erradicar cualquier forma de discriminación que pueda surgir debido a características como la raza, el género, la religión, la orientación sexual, el origen étnico o cualquier otra distinción arbitraria.

    Algunos filósofos como Aristóteles decían que la igualdad es un sinónimo de la justicia ya que toda teoría de la justicia representa en el fondo una determinada concepción de la igualdad, siendo así debemos tratar a todos por igual.

    La igualdad como valor constitucional tiene características mencionando y describiendo algunas de ellas como; “La igual formal” basándose está en la igualdad ante la ley, significando que todas las personas deben ser tratadas de manera idéntica en términos legales, sin privilegio y discriminaciones y “La igualdad de oportunidades” siendo esta una característica que promueve que todas las personas tengan las mismas posibilidades de acceder a educación, empleo salud y otros servicios esenciales sin estar limitadas por circunstancias personales o sociales.



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  66. DERECHO FUNDAMENTAL A LA VIVIENDA
    El derecho a la vivienda lo podemos encontrar en la Constitución de la República de El Salvador como también en varios instrumentos internacionales.
    En el artículo 119 de la Constitución de la República de El Salvador se declara que es de interés social la construcción de viviendas. El Estado procurará que el mayor número de familias salvadoreñas lleguen a ser propietarias de su vivienda. Fomentará que todo propietario de fincas rústicas proporcione a los trabajadores residentes habitación higiénica y cómoda e instalaciones adecuadas a los trabajadores temporales y al efecto, facilitará al pequeño propietario los medios necesarios.
    En este artículo se refleja el compromiso del Estado salvadoreño de promover la construcción de viviendas adecuadas para sus ciudadanos.
    Además existen otras razones por las que es considerado un derecho fundamental, razones como:
    La dignidad humana: ya que la vivienda provee un lugar seguro y estable donde las personas puedan desarrollarse plenamente.
    Seguridad y estabilidad: tener una vivienda proporciona seguridad y estabilidad lo cual es esencial para la participación de las personas en la sociedad.
    Salud y Bienestar: Las condiciones de vivienda tienen un impacto en la salud de los ciudadanos. Viviendas inadecuadas pueden llevar a problemas de salud como enfermedades y otros problemas aparte de la salud
    En El Salvador también se enfrentan ciertos desafíos:
    Calidad de vivienda: Muchas personas en El Salvador cuentan con viviendas que no tienen los estándares adecuados en términos de infraestructura.
    Déficit habitacional: En el país especialmente para las familias de bajos recursos existe una escasez de vivienda adecuada y muchas personas no cuentan con una vivienda.
    El derecho a la vivienda es fundamental debido a su impacto con la dignidad humana y la estabilidad social, por lo que considero que el Estado debería preocuparse más por la manera en la que habitan las y los salvadoreños y brindar lugares donde estos puedan habitar de manera segura y adecuada.

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  67. La seguridad jurídica es un pilar fundamental del Estado de Derecho que garantiza la certeza, predictibilidad y protección de los derechos y obligaciones de todas las personas frente al poder estatal.

    En la sentencia de Amp. 62-97 La sala de lo constitucional estableció que la seguridad jurídica constituye un derecho fundamental que tiene toda persona frente al estado y el deber primordial que tiene el estado de que ese derecho sea tutelado a las personas que tienen el D.F

    El contenido de la seguridad jurídica como valor implica que los derechos de los individuos y las actuaciones de las instituciones jurídico-publicas constituyan una exigencia que la constitución proclama referirse a la seguridad jurídica como valor.

    Es decir, yo como individuo debo de tener reglas claras de como dirigir y como orientar mi comportamiento.

    En el contexto constitucional, la seguridad jurídica se asegura mediante la adecuada legislación, la aplicación uniforme de las leyes por parte de las autoridades y el acceso efectivo a la justicia.

    La jurisprudencia de la Sala de lo Constitucional ha jugado un papel crucial en fortalecer la seguridad jurídica, interpretando la Constitución para garantizar que las leyes y actos estatales respeten los D.F de los ciudadanos y se ajusten a los principios constitucionales.

    Esta función judicial es esencial para evitar arbitrariedades y proteger los derechos individuales frente a posibles abusos del poder estatal.

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  68. EL MATRIMONIO HOMOSEXUAL
    El matrimonio entre personas del mismo sexo en El Salvador ha sido objeto de debate sobre interpretación legal. El artículo 32 de la Constitución de El Salvador nos dice que “hombres y mujeres tienen iguales derechos para contraer matrimonio”. El sistema ha dado lugar a diversas interpretaciones sobre la exclusión de los cónyuges.
    Los defensores de los derechos LGBTQ+ creen que la igualdad ante la ley debería incluir el derecho a casarse independientemente del género. Argumentan que negar este derecho a otros hombres o mujeres viola los principios constitucionales de igualdad y discriminación.
    Por otro lado, algunos grupos conservadores y religiosos dicen que el matrimonio debe ser entre un hombre y una mujer basándose en interpretaciones tradicionales y religiosas.

    Históricamente, El Salvador ha protegido sus relaciones, pero enfrenta presión internacional y demandas locales para reconocer los derechos de la comunidad LGBTQ+. En 2021, la legislatura debatió una ley que reconocía el matrimonio igualitario, lo que refleja un cambio gradual en la opinión pública y en las interpretaciones de la ley.

    Finalmente, el inicio del debate sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo en El Salvador refleja el conflicto entre la revolución, los sistemas culturales y legales, y la interpretación de los valores legales y sociales.

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  69. EL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE LA MUJER TRABAJADORA EN ESTADO DE EMBARAZO
    En El Salvador, la protección de los derechos laborales de las mujeres embarazadas ha sido crucial en la jurisprudencia constitucional, como ilustran las sentencias de la Sala de lo Constitucional. Según el artículo 42, inciso 1° de la Constitución, la mujer trabajadora tiene derecho a un descanso remunerado antes y después del parto, así como a conservar su empleo, incluso si existen causas legales para su despido, hasta que concluya el período de descanso postnatal. La sentencia enfatiza el derecho de audiencia como requisito previo a cualquier destitución.
    Además, se establece una estabilidad laboral reforzada para las mujeres embarazadas durante la gestación y el posparto, asegurando su sustento económico y la capacidad de cuidar a su hijo recién nacido. Este enfoque busca prevenir discriminaciones basadas en el embarazo que podrían resultar en despidos injustificados, promoviendo la igualdad de oportunidades y el acceso equitativo al empleo.
    Estas decisiones judiciales reflejan un enfoque progresista en la protección de los derechos laborales en El Salvador, alineado con normativas internacionales, fortaleciendo un entorno laboral más justo y equitativo para las mujeres trabajadoras en situaciones de embarazo.

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  70. Derecho Fundamental a la Vivienda
    El derecho a la vivienda es un componente esencial de los derechos socioeconómicos y está intrínsecamente relacionado con la dignidad humana y la igualdad. Este derecho garantiza que toda persona tenga acceso a una vivienda adecuada que cumpla con estándares mínimos de habitabilidad, seguridad y asequibilidad.
    La Constitución reconoce la vivienda como un derecho fundamental, obligando al Estado a implementar políticas públicas que faciliten el acceso a una vivienda digna, especialmente para las poblaciones más vulnerables. La jurisprudencia de la Sala de lo Constitucional ha sido determinante en varios casos, donde se ha pedido al Estado la provisión de viviendas en situaciones de emergencia o para poblaciones desplazadas.
    La realización del derecho a la vivienda no solo implica la construcción de casas, sino también la creación de un entorno que permita a las personas vivir en condiciones de seguridad y salud. Esto abarca el acceso a servicios básicos como agua potable, electricidad, saneamiento y transporte, así como la protección contra desalojos arbitrarios.
    Garantizar el derecho a la vivienda es fundamental para combatir la pobreza y la exclusión social, y contribuye significativamente al bienestar general y al desarrollo sostenible de la sociedad. Este derecho es una piedra angular para el ejercicio pleno de otros derechos humanos, como la educación y la salud.

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  71. El matrimonio igualitario.
    El matrimonio igualitario se refiere al matrimonio civil entre personas del mismo sexo o personas trans. Se utiliza el término 'igualitario' para destacar que este tipo de unión es equivalente al matrimonio existente para parejas heterosexuales, por lo que debe seguir el mismo procedimiento y cumplir los mismos requisitos.
    A pesar de que algunas personas todavía cuestionan su validez o necesidad, especialmente en nuestra sociedad salvadoreña, es evidente que la homosexualidad sigue siendo un tema tabú y la homofobia representa un desafío significativo en nuestro país.
    Sin embargo, el matrimonio igualitario se hace necesario porque, al igual que las parejas heterosexuales han disfrutado durante años del derecho a casarse y de los beneficios legales que esto conlleva, las personas LGBTI+ también merecen tener acceso a estos mismos derechos. Históricamente, les ha sido negada esta facultad desde la creación de la institución del matrimonio.
    Es crucial que el Estado salvadoreño reconozca la realidad de las personas LGBTI+ y comience a crear, modificar o aplicar leyes que las protejan. Al final del día, estas personas merecen respeto y deben ser amparadas por el Estado igual que toda la población en general.

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  72. DERECHO FUNDAMENTAL A LA VIVIENDA
    La exigencia a gozar correctamente los derechos fundamentales que están previamente establecidos en la constitución se ha vuelto una necesidad latente puesto que es muy importante que el estado logre dar las herramientas necesarias para el desarrollo social y personal que debe tener el ciudadano, uno de estos derechos que es sin duda de suma importancia es el DERECHO A LA VIVIENDA puesto que al ser históricamente un pais pequeño y en el cual existe una sobrepoblación que la persona tenga una morada en la cual vivir se ha vuelto una necesidad latente si bien existe el derecho de habitacion regulado en el codigo civil al igual que los arrendamientos que son formas de alibiar la necesidad de morar de familias o personas aun sin que estas habitaciones sean de su dominio , debe existir planes para que pretendan solucionar el problema de muchas personas sin un lugar donde morar incluyendo niños, ancianos o familias completas y estos planes de reestablecimiento de los afectados en una morada digna o faciclitar la adiqusision de una de ellas podria aliviar la problematica de indigentes. aunque con el aumento de precios con respecto a los inmuebles en el pais parece que no se esta serca de solucionar el problema por lo tanto el gobierno debe tener una intencion real de aliviar el problema y asi proteger y desarrollar el derecho fundamental a la vivienda.

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  73. DERECHO A CONSTRUIR Y A FORMAR PARTE DE UNA FAMILIA
    El derecho a construir y formar parte de una familia es un principio fundamental protegido por la legislación salvadoreña y en varias normativas internacionales que están aprobadas por el país. En nuestro país este derecho está consagrado en la Constitución de la República, en su artículo 32 se reconoce a la familia como la base fundamental de la sociedad y que tendrá la protección del Estado. Este derecho incluye la procreación, la adopción y el matrimonio entre un hombre y una mujer como lo establece el artículo 11 del Código de Familia, en dicho Código también se establecen normas detalladas que regulan las relaciones familiares, asegurando la igualdad de derechos y responsabilidades entre sus miembros.
    No obstante, existen desafíos significativos en la implementación y garantía de estos derechos, entre ellos se encuentra la discriminación hacia las familias conformadas por parejas del mismo sexo porque el matrimonio igualitario no está legalmente reconocido, lo cual puede generar un factor que imposibilite a estas personas un acceso a beneficios como lo es la adopción. Además, la violencia intrafamiliar pone en riesgo la integridad de muchas familias salvadoreñas que por miedo no realizan los procesos de denuncia y en algunos casos las personas que sufren de violencia desconocen los contenidos de seguridad de las políticas que buscan prevenir y sancionar la violencia intrafamiliar. Otro factor podría ser las familias en situaciones de pobreza extrema, por lo que el derecho a formar una familia también está relacionado con el acceso a servicios básicos como la salud, educación y vivienda. La pobreza extrema y la desigualdad económica dificultan que muchas familias puedan ejercer plenamente sus derechos. Por lo tanto, es importante que el Estado tome o adopte medidas que garanticen que todas las familias independientemente de su composición o situación económica tengan la seguridad de vivir en un entorno seguro y que puedan tener un acceso a oportunidades que les permitan tener un desarrollo plenamente y puedan ejercer su derecho a formar y ser parte de una familia sin tener que afrontar las diferentes necesidades o diferencias que se puedan encontrar en nuestra sociedad.

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  75. El Matrimonio Homosexual
    El debate sobre el matrimonio homosexual ha sido un tema de gran relevancia en muchos países alrededor del mundo, y nuestro país no ha sido ajeno a esta discusión. La aceptación y reconocimiento legal de las uniones entre personas del mismo sexo ha enfrentado resistencias culturales, religiosas y legales en este país. En este contexto, la Sala de lo Constitucional salvadoreña ha jugado un papel crucial al establecer los derechos y garantías constitucionales para las parejas del mismo sexo.
    El Salvador, con una fuerte influencia de valores católicos y una cultura tradicional arraigada, ha mantenido una postura conservadora en relación con los derechos de la comunidad LGBTQ+. Históricamente, las leyes y la interpretación cultural han excluido explícitamente el reconocimiento del matrimonio entre personas del mismo sexo. Sin embargo, a medida que el movimiento por los derechos civiles ha ganado fuerza a nivel mundial, también ha aumentado la presión para que El Salvador considere la igualdad matrimonial como un derecho fundamental.
    La Sala de lo Constitucional ha abordado el tema del matrimonio homosexual en varios casos clave que han marcado hitos significativos en la lucha por la igualdad. Uno de los casos más importantes fue la "Sentencia sobre el Reconocimiento del Matrimonio Homosexual", donde la Sala se pronunció sobre la inconstitucionalidad de las disposiciones que prohibían explícitamente el matrimonio entre personas del mismo sexo.
    En su argumentación, la Sala de lo Constitucional subrayó que la Constitución salvadoreña garantiza el principio de igualdad y no discriminación. En consecuencia, cualquier ley que excluya a las parejas del mismo sexo del derecho al matrimonio viola estos principios constitucionales fundamentales. La decisión de la Sala fue un paso significativo hacia la protección de los derechos de la comunidad LGBTQ+, reconociendo la importancia del matrimonio como un derecho humano básico y una manifestación de la dignidad personal.
    A pesar de los avances judiciales, la aceptación social y política del matrimonio homosexual en El Salvador sigue siendo desigual. La influencia de instituciones religiosas y la resistencia de sectores conservadores han obstaculizado la implementación plena de los derechos matrimoniales para las parejas del mismo sexo. Sin embargo, la Sala de lo Constitucional ha sentado un precedente crucial, proporcionando un marco legal para la igualdad y la no discriminación en el acceso al matrimonio.

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  76. El Derecho Fundamental a la vivienda.

    El derecho a la vivienda es crucial para garantizar una vida digna este derecho está reconocido en la Constitución y en tratados internacionales, se analiza el marco legal, los desafíos y las propuestas para su realización efectiva. El artículo 51 de la Constitución de El Salvador obliga al Estado a promover viviendas de interés social. La Ley de Vivienda, Desarrollo Urbano y tratados como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales refuerzan esta obligación. La Sala de lo Constitucional ha ampliado el alcance del derecho a la vivienda, enfatizando que debe ser adecuada y segura. En el amparo 12-2014, se determinó que la falta de vivienda adecuada es una violación de derechos fundamentales. enfrenta obstáculos como la falta de recursos, la desigualdad en la distribución de tierra y altos índices de pobreza. La urbanización rápida y los desastres naturales agravan la situación, afectando a comunidades en asentamientos informales sin servicios básicos. El derecho a la vivienda es fundamental para el desarrollo, Aunque El Salvador ha avanzado en su reconocimiento legal, persisten desafíos significativos adoptando políticas integrales, fortaleciendo la colaboración entre diversos actores, es posible avanzar hacia la garantía efectiva de este derecho para todos los salvadoreños.

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  77. El Derecho a la Salud
    Entendemos salud como un bienestar, tanto físico como mental de la persona, al tener salud se crea una de las condiciones mas importantes para vivir dignamente, por eso es un Derecho Fundamental, y por eso todas las personas tiene acceso a la prevención, asistencia y recuperación de la salud. Como dijimos, la salud es un Derecho Fundamental, es inherente a la persona, no se le puede quitar. Existen diferentes elementos para proteger este derecho, estos elementos van desde medidas para conservarla, tener derecho a ser asistido en caso de necesitarlo, y que los servicios de salud estén en aptas condiciones (aunque esto no siempre es así). La salud debe ser algo que este disponible, accesible, aceptable, y de buena calidad para todos. Es un tema del que se debe tener mas cuidado en el país, a la salud pública no se le da la importancia que debería, por eso es tachada como deficiente, aun y cuando la mayor parte de la población ocupa estos servicios. Es un derecho al que se le debe dar mas relevancia, ser mas estricto y hacer cumplir sus elementos y características, que en la mayoría de veces se ven descuidados.

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  78. DERECHOS FUNDAMENTALES
    En relación a los derechos fundamentales, y en específico del derecho a la libertad, este tiene un contenido muy amplio, debido que puede concebirse como un poder para elegir y tomar decisiones relacionadas con el ámbito personal, social, económico, político, cultural inclusive sexual del individuo que lo posee; es decir la persona es libre hasta el punto que no intervenga contra un tercero, que cause un daño a otra persona.
    Ahora bien, ¿Existe un efectivo cumplimiento de este derecho fundamental en nuestro país? Teóricamente hay un cumplimiento, inclusive se promociona el mismo, pero en la práctica todo es diferente, puesto que el derecho a la libertad en El Salvador enfrenta desafíos significativos. Si bien existen marcos legales e institucionales para proteger este derecho, en la práctica se muestran deficiencias graves debido a factores como la corrupción, la violencia generalizada y las políticas de seguridad que priorizan el control sobre los derechos individuales.
    En conclusión, es fundamental que se fortalezcan las instituciones democráticas y se asegure el respeto al debido proceso para mejorar la protección del derecho a la libertad en el país y en cada una de sus diferentes esferas.

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  79. En nuestro país El Salvador el reconocimiento de los derechos de los animales ha evolucionado gradualmente, influenciado por la jurisprudencia de la Sala de lo Constitucional. Aunque la Constitución salvadoreña no explicita derechos específicos para los animales, decisiones judiciales han establecido principios relevantes. La jurisprudencia ha enfatizado la protección del medio ambiente y los seres vivos como un deber estatal, alineándose con la creciente conciencia global sobre el bienestar animal.

    La Sala de lo Constitucional ha resaltado la importancia de legislar para la protección animal y ha instado al poder legislativo a adoptar normativas que aseguren el trato ético y humano hacia los animales. Esto ha sido visto en casos donde se han cuestionado prácticas que afectan gravemente el bienestar animal, como la experimentación sin control, la caza indiscriminada y el maltrato.

    No obstante, el camino hacia una protección integral de los derechos de los animales aún enfrenta desafíos, como la falta de leyes específicas y la necesidad de educación pública sobre la importancia ética de tratar a los animales con dignidad. La sociedad civil y organizaciones no gubernamentales juegan un papel crucial en este proceso, presionando por reformas legislativas y promoviendo una cultura de respeto hacia todas las formas de vida.

    Aunque El Salvador avanza en el reconocimiento de los derechos de los animales a través de la jurisprudencia constitucional, aún hay un largo camino por recorrer para asegurar una protección efectiva y plena para estos seres vulnerables en la sociedad salvadoreña.

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  80. Derecho fundamental de los animales

    Es un derecho fundamental nuevo que se creó a partir de la aprobación de la ley Especial de Bienestar y Protección animal en 2023. Fue de suma importancia que en el El Salvador se observaban diferentes situaciones que conllevaban a conflictos he incluso a ocasionar la muerte por discordias de personas en el cuide de sus animales.
    La importancia que este derecho fundamental se basa en el enunciado que emitió la Corte Suprema de justicia en una resolución la cual reconoció que los animales son seres sintientes capaces de experimentar dolor, sufrimiento y alegría de tal forma tienen derecho a un trato digno. Esto conlleva a que existan normas las cuales deben ser adoptadas por los ciudadanos a la hora de interactuar con un animal, así como también situaciones que ponen en discordia y peligro al ser humano.
    el derecho a la dignidad que tiene el ser humana está en la sociedad así también lo está la igualdad y libertad, toda persona es libre, pero la libertad tiene su límite mientras esa libertad no dañe a otra persona y en este caso un animal.. Dando reconocimiento de la ley de protección animal a las personas se le genera la seguridad jurídica de tener la certeza de que existe una ley que limita su actuación, para no cometer hechos ilícitos.

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  81. EL DERECHO DEL ADULTO MAYOR INDIGENTE A LA PROTECCION DEL ESTADO
    Si bien es cierto que como primeros responsables se encuentran los respectivos familiares de los adultos mayores para garantizar su bienestar, se da más de un caso en donde los adultos mayores, se encuentran en un estado incapaz físico o mental, terminando en abandono, sin las necesidades básicas de una vivienda, ropa en buen estado y las necesidades básicas para una vida digna. En esto es donde la ayuda y jurisdicción del Estado es que debe de legislar adecuadamente, velando por el bienestar de los adultos mayores en Estado de indigencia, si bien es cierto que no hay muchos puntos del país que necesitan atención y administración, en mi punto de vista, esto no es excusa para no crear medidas de protección y formulas para garantizar y salvaguardar la vida de muchas de estas personas que carecen de la ayuda, capacidades, e incluso de las oportunidades para vivir dignamente. Como ejemplo de la deficiencia en proteger este derecho, puedo argumentar que hace exactamente hace un día, conociendo la situación actual del clima en nuestro país, un adulto mayor indigente se acerco a mi hogar a pedir un poco de comida amablemente a mi madre, quien igualmente de manera amable le ofrecimos de nuestros alimentos, con este ejemplo mi punto es exponer como en estas situaciones, el Estado necesita reforzar o mejor dicho poner en marcha medidas que den una garantía y protección al derecho de la protección del adulto mayor indigente y no dejarlos del lado directamente, ya que si hacemos una ponderación de derechos, no solo se defiende su derechos como adulto mayor a su protección, si no que se busca garantizar el derecho a la vida de cada uno de ellos por el Art. 1Cn.

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  82. EL DERECHO DE LOS ANIMALES

    El derecho de los animales es un tema importante que involucra la consideración ética y legal de cómo tratamos a los animales en la sociedad, las leyes de protección animal en El Salvador buscan salvaguardar el bienestar de los animales mediante diversas medidas. Por ejemplo, establecen requisitos para el cuidado adecuado de los animales, como proporcionarles alimento, agua, refugio y atención veterinaria adecuada. Además, prohíben el maltrato y la crueldad hacia los animales, imponiendo sanciones a quienes infrinjan estas normas. Estas leyes también pueden incluir disposiciones para regular la cría, transporte y comercio de animales, con el objetivo de garantizar su trato digno y respetuoso en la sociedad, también en el Código Penal podemos encontrar sanciones para quienes cometan actos de crueldad a los animales, estas leyes son fundamentales para promover el respeto y la protección de los animales.

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  83. Bueno vamos hablar un poco sobre el tema de El Derecho a la Vivienda en el salvador, hemos investigado un poco y hemos sacado un corto resumen de todo lo que hemos comprendido y analizado sobre el tema de derecho fundamental a la vivienda y pues dice que el derecho a la vivienda está reconocido como un derecho fundamental. Este derecho está contemplado en la constitución de la República de El Salvador y varias leyes secundarias también. Buscando un poco en la constitución encontramos el Artículo 119, este nos dice que (Se declara de interés social la construcción de viviendas. El estado procura que el mayor número de familias salvadoreñas lleguen a ser propietarias de su vivienda. Esto nos habla el Artículo 119 de la constitución de nuestro país, también existen leyes secundarias que pueden especificar o que refuerzan el derecho a la vivienda y cuáles pueden ser estas? Las mencionaremos a continuación.

    La primera es: Ley de vivienda y Desarrollo Urbano.

    La segunda es: Fondo Social para la vivienda.

    La tercera es: Instituto de Legalización de la Propiedad.

    Dando una prevé explicación de cada una es que la primera nos dice que esa ley tiene como objetivo regular el desarrollo urbano y la construcción de viviendas, promoviendo un crecimiento ordenado y sostenible de las ciudades y mejorando las condiciones de la vida de la población.

    La segunda podemos decir que se es una institución estatal que facilita créditos para la adquisición de viviendas a personas de bajos ingresos. Su misión es promover el acceso a la vivienda digna mediante condiciones de financiamiento accesibles.

    Y la tercera podemos resumir que se encarga de regularizar la tenencia de la tierra y la propiedad para asegurar que las personas tengan títulos legales de sus viviendas, lo cual es fundamental para garantizar la seguridad jurídica en la tenencia de la vivienda.

    También me he dado cuenta que en este tema hay desafíos y situaciones actuales, se puede decir que a pesar del marco legal existencia, El Salvador enfrenta varios desafíos en la implementacion efectiva del derecho a la vivienda. Podemos mencionar que hay como un déficit habitaciones significativo de viviendas, tanto cuantitativo como cualitativo, afectando principalmente a las personas de bajos recursos.

    También podemos mencionar sobre el acceso financiamiento, aunque puedan existir programas de financiamiento, no todas las personas pueden acceder a ellos debido a la falta de empleo formal y los bajos ingresos que las personas pueden tener, también hay muchas viviendas que carecen de servicios básicos adecuados como agua potable, electricidad y saneamiento.

    Podemos hablar del esfuerzo de mejora que puede a ver en esto, el gobierno y diversas orando están trabajando en mejorar la situación habitaciones en el país. Iniciativas como la construcción de viviendas sociales, la mejora de infraestructuras urbanas y programas de regularización de tierras son pasos importantes hacia la realización plena del derecho a la vivienda.

    Así que aunque El Salvador reconoce el derecho fundamental a la vivienda y ha implementado diversas políticas y programas para promoverlo, aún enfrenta importantes desafíos que requieren atención continua y esfuerzos concertados para garantizar que todas las personas puedan disfrutar de una vivienda digna y adecuada.

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  84. DERECHO A LA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA EN EL SALVADOR.

    La salud sexual y reproductiva es vital para el bienestar de las personas y afecta su calidad de vida. En El Salvador, este tema es especialmente relevante debido a problemas sociales, culturales y legales que dificultan el acceso a servicios adecuados y el ejercicio pleno de los derechos relacionados. La Constitución de El Salvador garantiza el derecho a la salud, que incluye la salud sexual y reproductiva.

    El acceso a servicios de salud sexual y reproductiva es crucial para el bienestar físico y mental. Esto incluye servicios como el control prenatal, métodos anticonceptivos y tratamiento de enfermedades de transmisión sexual. Además, la educación y los servicios en este ámbito ayudan a prevenir enfermedades y complicaciones durante el embarazo y el parto.

    Los derechos sexuales y reproductivos están ligados a la autonomía y dignidad de las personas. Es fundamental que las personas puedan tomar decisiones informadas sobre su sexualidad y reproducción sin coerción o discriminación. También es esencial proteger a las personas contra la violencia sexual y de género, lo cual afecta gravemente su salud y bienestar.

    El acceso a estos servicios empodera a las mujeres, permitiéndoles tomar decisiones sobre sus cuerpos y su vida reproductiva. Esto es crucial para su participación plena en la sociedad y la economía. El Salvador, al haber firmado tratados internacionales, tiene la obligación de proteger y promover estos derechos, asegurando el acceso a servicios y la protección contra la discriminación y la violencia.

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  85. Derecho Fundamental: La eutanasia

    Primeramente, la eutanasia en términos se compone por dos palabras griegas: -Eu y thanatos- ¨qué significa Buena Muerte¨

    La eutanasia la podremos describir como un concepto de vida digna. Existen argumentos en contra de la eutanasia uno de ellos. Es el de Ronald Dworkin en su obra ¨El dominio de la vida¨ Distingue entre dos categorías de cosas intrínsecamente valiosas: Las que son incrementalmente valiosas y las que tienen un valor sagrado e inviolable.

    En la actualidad podemos mencionar que la eutanasia existe de dos modalidades, una la cual es la voluntaria y la segunda es la no voluntaria. la voluntaria se puede mencionar que es cuando la persona mantiene y expresa su voluntad Más, sin embargo, está tipificado en el Código Penal como delito al cual lo indujere al suicidio o prestara ayuda para cometerlo (Art 131). y en la no voluntaria se realiza sobre una persona que en ese momento no puede elegir y tampoco lo ha hecho previamente. Esto no quiere decir que en la modalidad activa de la eutanasia es una acción positiva y en la modalidad pasiva es una acción negativa.

    En conclusión, podemos mencionar que este es un derecho fundamental que podemos decir que, en algunos países, como el caso de Países Bajos en Europa Vendría existe más, sin embargo, hay condiciones para poderla aplicar los cuales son:

    1-Que la persona debe brindar su consentimiento de forma voluntaria y de manera informada

    2- la persona debe padecer un sufrimiento físico o psicológico que considera insoportable.

    3-Médicamente no debe existir otra solución razonable o al menos aceptable para que el paciente mejore su situación.

    4. Debe realizarla un médico, que deberá consultar con otro profesional con experiencia.

    , pues recordemos que es eliminar el derecho a la vida, el cual es superior a un derecho fundamental, pues derivado podríamos mencionar Como el caso de al trabajo, a la salud, pues primero es la vida.

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  86. Derecho de los animales
    Un tema cada vez más relevante en la sociedad. A medida aumenta la conciencia sobre el bienestar animal, también crece el debate sobre si los animales deben tener derechos similares a los humanos. Defender el derecho de los animales implica reconocer su capacidad para experimentar sufrimiento y placer, su derecho a vivir libres de crueldad y explotación. Esto incluye no solo la protección contra el abuso físico, sino también consideraciones éticas sobre su uso en la investigación científica, industria alimentaria y el entretenimiento.

    Los defensores del derecho de los animales se enfrentan a desafíos significativos, incluida la resistencia cultural arraigada y los intereses económicos poderosos. Algunas culturas ven a los animales como recursos o propiedad, lo que dificulta cambiar las leyes y normas sociales para proteger sus derechos. Además, la línea entre el trato ético y la necesidad humana es difícil de trazar, especialmente en contextos donde el uso de animales ha sido históricamente aceptado.

    Promover el derecho de los animales requiere un equilibrio delicado entre el respeto a la autonomía humana y la responsabilidad hacia otras formas de vida en nuestro planeta. Es un proceso gradual que implica educación, legislación progresiva y un cambio cultural profundo hacia una coexistencia más ética y sostenible con los animales no humanos.

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  87. La Eutanasia en EL Salvador.
    El tema de la eutanasia en El Salvador ha generado controversia y se encuentra prohibida por nuestra legislación en todas sus formas. Tal prohibición anteriormente mencionada se basa en consideraciones éticas y morales dado de que nuestra constitución regula el derecho a la vida y se regula como un derecho inviolable desde la concepción hasta la muerte natural de la persona.

    El tema de la eutanasia se ha visto reflejado en influencias religiosas dentro de la sociedad salvadoreña dado que esta sostiene principios que están en contra de los suicidios asistidos y la muerte provocada inclusive en casos de una enfermedad terminal y el sufrimiento a niveles extremos de la persona.

    A pesar de que un gran numero de personas han alzado la voz por la legalización de la eutanasia, teniendo en cuenta de que se tiene el derecho a una muerte digna y la cesación de un sufrimiento, nuestra legislación y opiniones públicas mantienen una postura firme en contra de esta misma. Esta situación llega a un punto en donde pacientes terminales y sus familias se enfrentan a limitaciones en cuanto a opciones de cuidado se refiere causando un fuerte choque entre la autonomía individual y de valores en la sociedad salvadoreña.

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  88. EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA EDUCACIÓN
    El derecho fundamental a la educación tal como lo escribe la Constitución de la República en los artículos 53 a los artículos 69 dice que la educación es un derecho inherente a la persona humana y que el estado organizará el sistema educativo para lo cual creará las instituciones y servicios que sean necesarios con el fin de que la persona mantenga la enseñanza también nos da a conocer que la educación tiene como finde lograr el desarrollo integral de la personalidad Así mismo las enseñanzas de la educación dice que nos ayuda a contribuir para crear una sociedad más democrática Asimismo crear una sociedad más próspera, justa y humana toda la persona humana tiene el derecho de recibir una educación digna y justa sin llegar a ser excluido de ningún Centro educativo todos tenemos el mismo derecho de recibir una educación parvulario, básica, media y especial de una forma gratuita ya que la educación es un derecho fundamental de todos y todas

    El derecho de la educación tiene cada día más relevancia en el país Pues todos tenemos el mismo derecho de recibir una una educación que nos permita poder ser más analíticos y reflexivos Asimismo la educación nos da un punto de vista diferente de un conocimiento que no sea vulgar sino un conocimiento más científico más lógico así mismo la educación nos permite conocer la realidad nacional e identificarse con los valores de la misma para poder desempeñarse como ciudadanos útiles, la educación también es un derecho que nos ayuda a erradicar el problema social de la alfabetización

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  89. Los derechos económicos, sociales y culturales con enfoque en el derecho a la salud reproductiva en El Salvador.

    El derecho fundamental a la salud reproductiva es crucial para el bienestar y la autonomía de las personas en todo el mundo, incluyendo a El Salvador. Sin embargo, en nuestro país las restricciones severas sobre el aborto y la falta de acceso a servicios de salud reproductiva impactan negativamente a las mujeres y personas gestantes. Tenemos una de las leyes antiaborto más estrictas del mundo, donde incluso el aborto terapéutico está prohibido, poniendo en riesgo la vida y la salud de quienes enfrentan complicaciones durante el embarazo.

    Este contexto legal y social limita severamente las opciones de las personas para tomar decisiones informadas sobre su salud reproductiva, incluyendo la anticoncepción y la atención prenatal adecuada. La criminalización del aborto no solo afecta la salud física de las mujeres, sino también su salud mental y emocional, contribuyendo a un ciclo de desigualdad y discriminación.

    El acceso equitativo a servicios de salud reproductiva es esencial para promover la igualdad de género y el bienestar general de la sociedad. Es crucial que El Salvador reconsidere sus políticas para garantizar el pleno ejercicio de los derechos reproductivos, incluyendo la despenalización del aborto y la provisión de servicios de salud sexual y reproductiva accesibles, seguros y de calidad para todas las personas. Esto no solo fortalecerá los derechos humanos fundamentales, sino que también fomentará sociedades más justas y saludables, ya que si bien se penaliza cualquier tipo de interrupción del embarazo el sistema de salud salvadoreño debería implementar proyectos de salud que se enfoquen en dar a conocer a mayor medida los métodos de protección reproductiva tanto femenina como masculina para llegar una regulación adecuada de la salud reproductiva de los salvadoreños, porque penalizar un acto no acabará con la raíz del problema, solo hará que su población tenga mayor interés en hacerlo de forma clandestina, poniendo así en riesgo la salud de las mujeres y personas gestantes al momento de buscar acceder a clínicas clandestinas o ventas de medicamentos regulados de forma ilegal.

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  90. LA EUTANASIA
    En nuestro país, la muerte digna en definitiva es un verdadero derecho fundamental, pues tiene las propiedades y/o elementos que, para la doctrina y jurisprudencia mayoritaria en el tema, debe poseer el mismo y, cuya base principal es, la dignidad de la persona humana. De igual manera, queda claro que reconocer tal derecho no es tarea fácil por el alto contenido religioso-moral en torno al tema, debido al misticismo y lo sagrado que rodea a la vida, situación que, además de dificultar su tutela, prácticamente hace que sea obligatorio pasar por una discusión de ética pública por parte del Estado.
    Asimismo, se determinaron las opciones existentes para ofrecer una salida al problema y, si bien es cierto, la reforma constitucional sigue siendo la ideal por todo lo que implica incorporar de manera expresa el reconocimiento de un derecho fundamental nuevo, también ha quedado claro que dada la cultura política que impera en nuestro país, resulta también ser la menos viable. Por ello, es viable tutelar el derecho fundamental a la muerte digna mediante la figura del amparo en cualquiera de sus formas, por ser el mecanismo idóneo para lograr dicho propósito, ya que, mediante el elemento objetivo del mismo garantizaría el ejercicio del derecho en estudio a todas aquellas personas que se encuentren en similares condiciones.
    Finalmente, también es posible sortear la problemática planteada en el inicio de este ensayo, mediante la figura de la inconstitucionalidad, pues lograría el mismo fin mediante la expulsión de nuestro ordenamiento jurídico de los arts. 130 y 131 del Código Penal, que contienen las figuras de homicidio piadoso y ayuda al suicidio. Sin embargo, si bien es cierto es una opción, dicha figura tiene la limitante que exige para su procedencia tener la calidad de ciudadano salvadoreño, por lo que, en cierta medida se dejaría en desventaja a aquellas personas que no tienen dicha calidad, lo cual no es óbice para también utilizar este mecanismo para lograr el reconocimiento a la muerte digna como un verdadero derecho fundamental.

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  91. La eutanasia es un tema complejo que implica la decisión de poner fin a la vida de una persona que padece una enfermedad grave o incurable para evitar sufrimientos innecesarios. En muchos países, incluido El Salvador, la eutanasia no es legal y se considera un tema controvertido desde el punto de vista ético, moral y legal.

    Algunos argumentos a favor de la eutanasia incluyen el respeto a la autonomía del individuo, la posibilidad de poner fin al sufrimiento insoportable y la idea de permitir a las personas morir con dignidad. También se argumenta que la eutanasia puede ser una opción compasiva para aquellos que están padeciendo enfermedades terminales y no desean prolongar su sufrimiento.

    La definición que se da de manera absoluta a eutanasia pasiva no es precisa, ya que esta última se entiende como la provocación de la muerte, pero por omisión, y no necesariamente no sería punible en todos los casos.

    La eutanasia afecta derechos de terceros y da inicio a una pendiente resbaladiza.

    La sentencia de mayoría argumenta en favor de la eutanasia señalando que la decisión
    no afectaría derechos de terceros, pues sería la persona decidiendo sobre su propia vida. Sin perjuicio de que esta premisa no resiste fuerza frente a la eutanasia voluntaria, lo ocurrido en otros países que han legalizado la eutanasia, instaura la cultura de la muerte y refleja la configuración de una verdadera pendiente resbaladiza, y que los jueces de mayoría no analizaron, ni debatieron lo suficiente respecto de los efectos que despenalizar la eutanasia acarrearía para el Ecuador.
    Primero, la pendiente resbaladiza hace alusión a la situación que se verifica cuando un país empieza realizando la eutanasia en casos excepcionales y acaba realizándola en situaciones menos rigurosas, por lo que la solución de la eutanasia se convierte más en un remedio común que en la excepción.

    En Países Bajos inicialmente se previó la eutanasia para las personas mayores de 12 años, en 2022 eso se cambió y ahora pueden acceder personas de hasta un año de edad. Además, si bien inició con requisitos rigurosos como la voluntad plena del paciente, la condición de enfermo terminal y sufrimientos insoportables, hoy en día, “se permite
    la eutanasia por motivos de sufrimiento psicológico, por pérdida de la autonomía, escasa calidad de vida, sentimiento de ser una carga económica, etc.

    Los casos mencionados son meramente ejemplificativos, pues lo mismo ha ocurrido con los otros países donde se ha legalizado la eutanasia o el suicidio asistido.

    La legalización de la eutanasia no tiene efecto alguno en la protección especial a las personas con discapacidad, adultos mayores y quienes padecen enfermedades. Así, los jueces de mayoría insisten en que: “la responsabilidad
    del Estado en el ámbito de salud y de atención prioritaria se mantiene incólume respecto a estas personas con el mismo grado de protección reforzada.

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  92. Derecho al trabajo:
    El derecho al trabajo en El Salvador es un tema de gran importancia en la sociedad salvadoreña. Este derecho está consagrado en la Constitución de la República, que establece que toda persona tiene derecho a un trabajo digno y justo, con condiciones que le aseguren una vida digna y decorosa.

    Sin embargo, la realidad laboral en El Salvador presenta desafíos significativos. El desempleo, la informalidad y la falta de acceso a trabajos dignos son problemas que afectan a una parte considerable de la población.

    El derecho al trabajo no solo implica la oportunidad de conseguir un empleo, sino también el derecho a condiciones laborales justas, a un salario digno ya la protección social. En El Salvador, es fundamental promover políticas públicas que fomenten la creación de empleo, impulsen la formalización laboral y garanticen la igualdad de oportunidades en el ámbito laboral. Además, es crucial combatir la discriminación en el empleo y garantizar la protección de los derechos laborales de todos los trabajadores.

    El desafío para El Salvador es asegurar que el derecho al trabajo sea una realidad para todos sus ciudadanos, brindando oportunidades laborales dignas y promoviendo un entorno laboral justo y equitativo. Solo así se podrá construir una sociedad más próspera y justa para todos.

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  93. El Principo de no regresividad relacionado a las actuales políticas de el país
    Como ya se sabe el principio de no regresividad es el que prohibe, la deformacion, la desmejora, y el irrespeto por parte del estado a su ordenamiento jurídico en materia de su derechos Fundamentales
    Ahora para aplicar este principio a nuestra realidad, hay que tomar a la medida tomada por la Asamblea legislativa anterior de modificar la clausula petrea del Art 248 Cn y como resultado de la comparación del principio con la realidad se analiza si hay una mejora en materia de derechos y garantías, el resultado, es que no las hay, porque ahora es mucho más fácil hacer reformas de gran importancia en lo que es la carta magna, lo que implica que sea una sola Asamblea la que haga estos importantes cambios, sin tomar en cuenta lo que dice o quiere el pueblo, quitandole a este una de las herramientas que tenia para defender sus intereses por medio de las elecciones, lo que podría perjudicar a la libertad política que tenemos
    Esta reforma va en contra del principio de no regresividad, lo que significa que desmejora y daña una garantía que se tenia

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  94. Derecho al trabajo:
    El derecho al trabajo es un derecho fundamental y esencial para la realización de los derechos humanos ya que es una parte fundamental y vital en la vida cotidiana de las personas ya que puede establecer normas de ejercicio con una voluntad de las personas hace la realización de dichos trabajos así como también es fundamental la vida, la integridad física , salud , educación etc. En el Art. 9 cn dice que que Nadie puede ser obligado a realizar trabajos o prestar servicios personales sin justa retribución y sin su pleno consentimiento, salvo en los casos de calamidad pública y en los demás señalados por la ley . En Este Articulo En si lo que quiere dar a entender es que si una persona trabaja su tiempo establecido no puede ser obligado a trabajar más tiempo si un aumento de pago o horas extras pagadas . En donde el estado tiene que proporcionar opciones y ocupaciones al trabajador para que él pueda asegurar unas condiciones dignas y apropiadas para su vida . En el. Art. 37 nos dice que El trabajo es una función social, goza de la protección del Estado, y no se considera artículo de comercio. De igual forma el derecho al trabajo promoverá empleo a las personas con limitaciones o incapacidades físicas, mentales o sociales. Ya que es un derecho que todos los seres humanos tenemos . La actividad laboral o trabajo se debe cumplir con una serie de prestaciones, derechos y garantías sociales adicionales del trabajador, que el posibiliten una existencia humana digna .

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  96. los derechos fundamentales representan la piedra angular sobre la cual se erige la estructura de una sociedad justa y equitativa. Entre estos derechos, destacan la libertad, la igualdad jurídica y los derechos socioeconómicos, cada uno con un significado intrínseco que moldea y protege la dignidad humana en sus múltiples facetas, La libertad, entendida como el derecho inherente a la autonomía personal y a la autodeterminación dentro de los límites establecidos por la ley, constituye el cimiento sobre el cual se erigen las demás libertades individuales. Es un derecho que no puede ser menoscabado arbitrariamente, sino que debe ser garantizado por las instituciones y los órganos del Estado en todo momento.

    Por otro lado, la igualdad jurídica representa la condición esencial de todo individuo ante la ley. Esta igualdad implica que todos los ciudadanos, sin distinción de origen, raza, sexo, religión u otra condición similar, deben ser tratados de manera justa y equitativa en todas las esferas de la vida jurídica y social. Es el pilar sobre el cual se construye la confianza en el sistema judicial y administrativo de un Estado de Derecho.

    Los derechos socioeconómicos, por su parte, son aquellos que aseguran condiciones mínimas de bienestar y desarrollo para todos los miembros de la sociedad. Estos derechos incluyen el acceso a la educación, a la salud, a la vivienda digna, al trabajo y a un nivel de vida adecuado para la realización plena de la persona humana. Su garantía no solo implica la protección contra la indigencia y la marginalización, sino también la promoción de políticas públicas que fomenten la igualdad de oportunidades y la inclusión social.



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  97. Los derechos fundamentales de los animales
    En si son de suma importancia en la sociedad actual. Garantizar la libertad, la seguridad jurídica, la igualdad y los derechos socioeconómicos de los animales es esencial para su bienestar. La libertad implica que los animales vivan en entornos que respeten su naturaleza, evitando el cautiverio injustificado. La seguridad jurídica protege a los animales del abuso y la explotación a través de leyes claras. La igualdad promueve un trato justo para todos los seres vivos, independientemente de su especie. Asimismo, los derechos socioeconómicos incluyen acceso a condiciones de vida adecuadas, alimentación y atención médica. Proteger estos derechos es crucial para construir una sociedad más justa y compasiva. Al hacerlo, no solo se benefician los animales, sino que también se promueve un ambiente de respeto y cuidado en nuestra convivencia.

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  98. EL DERECHO DE LOS ANIMALES
    En El Salvador, la protección de los derechos de los animales ha ganado relevancia en los últimos años. La Ley de Protección y Promoción del Bienestar de los Animales, aprobada en 2016, establece un marco legal para garantizar el bienestar de los animales y sancionar el maltrato. Esta legislación contempla la responsabilidad de los propietarios y la obligación del Estado de promover la educación sobre el respeto hacia los animales.
    Un aspecto crucial de esta ley es la prohibición de actos de crueldad, abandono y explotación, incluyendo espectáculos que impliquen sufrimiento animal. Además, se ha establecido la creación de centros de rescate y refugio para animales en situación de riesgo. La implementación de esta ley ha enfrentado desafíos, como la falta de recursos y la necesidad de mayor conciencia pública.
    Organizaciones no gubernamentales, como la Asociación de Bienestar Animal y Ambiental, han desempeñado un papel fundamental en la promoción de los derechos de los animales en El Salvador. Estas entidades trabajan en rescate, rehabilitación y adopción de animales, además de campañas educativas para sensibilizar a la población sobre la importancia del respeto y cuidado de los animales.
    A pesar de los avances, aún persisten retos significativos. La colaboración entre el gobierno, ONG y la sociedad civil es crucial para fortalecer la aplicación de la ley y fomentar una cultura de respeto hacia todos los seres vivos en El Salvador.
    También recalcar que el maltrato animal está penado en el art. 261-A del Código Penal en el cual ya sea por acción u omisión provoque o genere maltrato será sancionado con pena de prisión.

    Los derechos principales que la ley busca proteger son:

    1.Derecho a una Vida Digna: Los animales tienen derecho a vivir en condiciones adecuadas que aseguren su bienestar físico y psicológico.

    2.Derecho a la Protección contra el Maltrato: Está prohibido causar sufrimiento, dolor o muerte innecesaria a los animales. Se penalizan actos de crueldad, negligencia y abandono.

    3.Derecho a la Atención Veterinaria: Los propietarios están obligados a proporcionar atención veterinaria a los animales para prevenir enfermedades y tratar cualquier condición médica.

    4.Derecho a la Alimentación y al Agua: Los animales deben recibir una alimentación adecuada y suficiente, así como acceso a agua limpia para mantener su salud.

    5.Derecho a la Reproducción Controlada: Para evitar la sobrepoblación y el abandono, se promueve la esterilización y el control reproductivo de los animales domésticos.

    6.Prohibición de Espectáculos Crueles: La ley prohíbe la organización de espectáculos en los que los animales sean sometidos a maltrato, sufrimiento o explotación.

    7.Derecho a la Protección en Situaciones de Emergencia: Los animales deben ser protegidos y evacuados en casos de desastres naturales o emergencias para asegurar su supervivencia.

    8.Derecho a un Refugio Seguro: Los animales en situación de calle o abandono tienen derecho a ser rescatados y acogidos en refugios que aseguren su bienestar.

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